Juan Bialet Massé y un siglo de doctrina
juslaboralista, en
revista La Ley, Buenos Aires, 14 de febrero de 2002, año LXVI, n° 32, sección
Actualidad, pág. 1.
JUAN BIALET MASSÉ Y
UN SIGLO DE DOCTRINA JUSLABORALISTA.
Por Ricardo J. Cornaglia.[1]
SUMARIO.
1. LOS ORÍGENES.
2.
LOS
ESTUDIOS DE MEDICINA Y SU COMPROMISO FEDERAL Y REPUBLICANO.
3.
EL
EXILIO.
4.
LA
DOCENCIA Y LA MEDICINA COMO MEDIOS DE VIDA.
5.
LA
ACTIVIDAD EMPRESARIA Y LA CÁRCEL.
6.
EL
JURISTA.
7.
“PROYECTO
DE UNA ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL SERVICIO OBRERO Y DOMÉSTICO DE ACUERDO CON
LA LEGISLACIÓN Y TRADICIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”.
8. “TRATADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN DERECHO ARGENTINO BAJO EL PUNTO DE
VISTA DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO”.
9.
“INFORME
SOBRE EL ESTADO DE LAS CLASES OBRERAS ARGENTINAS A COMIENZOS DE SIGLO”.
10.
VIGENCIA
ACTUAL DE SU PENSAMIENTO.
1.- LOS ORÍGENES.
La doctrina del
derecho del trabajo argentino tiene sus orígenes en la obra de un catalán,
representativo de la segunda mitad del siglo XIX, profundamente conmovido por
la cuestión social.
Juan Bialet Massé,
nació en Mataró, en la Costa Brava del Levante de Cataluña, el 19 de diciembre
de 1846.
Al poco tiempo, las
revoluciones sociales recorrieron a las principales naciones europeas,
comenzando en la ciudad luz, París, en 1848, siendo todas ellas sofocadas a sangre y fuego.
El proletariado,
desde entonces, se transformaría en el nuevo
protagonista de la historia y los ecos de esos hechos políticos,
constituirían la matriz ideológica que influiría en la formación cultural de
sus representantes.
En España, fue en Cataluña donde ese proletariado naciente,
dio los primeros pasos para su organización. En Barcelona, el 18 de junio de
1870, se lleva a cabo el Primer Congreso Obrero Español. Asistieron 89
delegados, de los cuales, 74 eran representantes de los sindicatos catalanes,
lo que habla del poderío y desarrollo alcanzado por el movimiento obrero en esa
zona.
En la organización habían participado 149 sociedades
obreras. El Congreso adhirió a la Primera Internacional y de allí nació la
Federación Regional Española de la A.I.T.
Se estima que en 1872, la Federación Regional Española
tenía entre veinticinco mil y treinta mil afiliados, agrupados en cien
federaciones locales. Barcelona contaba con más de diez mil (una tercera
parte). Y Mataró, el pueblo natal de Bialet Massé, unos mil afiliados.[2]
2.- LOS ESTUDIOS DE MEDICINA Y SU COMPROMISO FEDERAL Y
REPUBLICANO.
Bialet Massé se
recibió de médico, cursando sus estudios en la
Facultad de Medicina de la Universidad de Madrid. Complementó esos
estudios, asistiendo a las clases de Filosofía de la Historia, de Emilio
Castelar, y participó de los movimientos cívicos y estudiantiles que culminaron
con la revolución de 1868.
Se acercaban los
tiempos de la Comuna de París (18 de marzo de 1871) y durante ella los
comuneros proclamaban:
"Este es el fin
del viejo mundo gubernamental y clerical, del militarismo, del funcionarismo,
de la explotación, de los monopolios, de los privilegios, a los que el proletariado
debe su servidumbre y la patria sus desdichas y sus desastres.... En cuanto a
nosotros, ciudadanos de París, tenemos la misión de realizar la revolución
moderna, la más grande y la más fecunda de todas aquellas que han iluminado la
historia". [3]
La represión que
sufrió ese movimiento revolucionario, que radicalizó la apuesta democrática,
hacia el igualitarismo, fue salvaje. El jefe de la justicia militar anunció que
se habían fusilado 17.000 comuneros; pero, probablemente, ellos fueran más de
20.000.[4]
Para ese entonces,
España, una de las naciones más atrasadas de Europa, pugnaba por entrar en la
modernidad, y con el destronamiento de Isabel II, tras el interregno de la
monarquía constitucional de Amadeo de Saboya, se produciría el intento de
constituir la Primera República Española. Bialet Massé, joven médico,
partidario de Castelar, ejercería como cirujano en los ejércitos republicanos.
La proclamación de
la República se produciría el 11 de febrero de 1873 y sobrevendría una corta
experiencia de once meses.
3.- EL EXILIO.
Con la frustración
de la República, Bialet Massé conocería la persecución política y procuraría
refugio en nuestro país que, para entonces, invitaba a todos los “hombres del
mundo”, a vivir al amparo de las
libertades y derechos que la Constitución de 1853 había consagrado. Las mismas
libertades y derechos por las que él venía luchando.
Como muchos otros
europeos, llegaba con su bagaje de fracasos y esperanzas. Formaba parte de una
generación de exiliados políticos, que introdujo en nuestras tierras, las
ideologías que conmovían a lo mejor de la intelectualidad no comprometida con
un orden conservador e injusto.
Tal como lo hicieran
Germán Ave Lallemant, Pietro Gori o Enrico Malatesta, trabajaría en el apoyo e
impulso de las organizaciones obreras, incipientes manifestaciones de un
sindicalismo que, en todo el mundo, comenzaba a superar la censura y la
represión.
Bialet Massé, sería
un exponente de la experiencia catalana. De su federalismo republicano y de la
intensidad con que se dieron, en los albores del desarrollo del movimiento
obrero español, el debate entre marxistas y bakuninistas.
En la Argentina
vería reproducirse aquello de lo que fue testigo en su juventud.
4.- LA DOCENCIA Y LA MEDICINA COMO MEDIOS DE VIDA.
Llega a nuestro país
en 1873, cuando los ecos de la Comuna no se habían acallado y la experiencia
republicana española naufragaba en el mar de sus contradicciones.
Para ganarse la
vida, ejerció la docencia. Lo hizo primero en la enseñanza secundaria, como
profesor de anatomía, en los Colegios Nacionales de Mendoza, La Rioja y San
Juan. Rápidamente se destaca. Logra ser vice rector del primero y rector de los
otros dos.
Se casa el 9 de julio de 1874, en San Juan, con
Zulema Laprida, nieta del presidente
del Congreso de Tucumán, don Francisco Narciso de Laprida.
Repartió la docencia
con el ejercicio de la medicina, y en 1875, publica su primer obra: Lecciones
de anatomía, también conocida como el
Compendio de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana[5],
que serviría de texto para la enseñanza secundaria. Fue considerado el primer
manual completo de la materia que se publicó en nuestro país.
En el año 1877 se
radicó en Córdoba, donde el rector de la Universidad, doctor Manuel Lucero (quien fundara la Facultad de
Medicina), lo propone para el desempeño, como titular, de la cátedra de
Medicina Legal.
Considera Bialet
Massé insuficiente su formación jurídica, pero siente un acicate que lo
compromete con el estudio del derecho y cursa esta nueva carrera, en sólo
veinte meses, como alumno de la Universidad de Trejo, graduándose de abogado en
el año 1879.
Sólo entonces,
superado el escollo, acepta la
proposición que antes se le había formulado y pasa a ser quien funda y
orienta la cátedra de Medicina Legal.
Desde el ejercicio de esa
cátedra, en 1885, publica un tomo de las lecciones que
impartía. Se titula: Lecciones de medicina aplicada a la legislación de la
República Argentina. Por esta obra, recibe el primer premio de la Academia
Nacional de Medicina. Nominado por la Facultad de Medicina, ese año, se le
otorga el Grado Máximo Dr. Honoris Causa de la Universidad Nacional de Córdoba.
[6]
5.- LA ACTIVIDAD EMPRESARIA Y LA CÁRCEL.
Tuvo, Bialet Massé,
una vida plasmada en las más diversas actividades; y en todas las que emprendió,
se destacó.
Incursionó en la
política comunal y fue electo Concejal por la ciudad de Córdoba, en el año
1883, llegando a presidir el Consejo y participa en la compra del sistema de
agua corriente y gas para esa capital provincial.[7]
Se enorgullecía de haber
sido "industrial y empresario constructor de las obras de riego de
Córdoba".
Diego Abad de
Santillán, en la "Gran Enciclopedia Argentina", recuerda que Bialet Massé ejerció la
profesión de agrimensor. Por su parte, Vicente Osvaldo Cutolo, en el “Nuevo
Diccionario Biográfico Argentino”, escribe, que para optar al cargo de profesor
en la Escuela Práctica de Agricultura de Córdoba, previamente, se inscribió
como alumno, y luego de dar los exámenes
requeridos de todas las asignaturas, con brillantes notas, se graduó de
perito agrónomo.
Despontín le
reconoce el título de ingeniero agrónomo, obtenido en la Escuela Nacional de
Agronomía y Veterinaria de Córdoba. [8]
Estos aspectos de su polifacética personalidad, lo
fueron llevando a constituirse en
industrial. Funda y crea, en 1884, la Fábrica de Cales y Cementos “La Primera
Argentina”. Sus productos son usados en la construcción de “La Toma”, de
Córdoba.
Más tarde, en 1886,
asociado a Felix Funes, contrata la construcción del Dique San Roque y el Riego
de los Altos de Córdoba, obra que se finaliza en el año 1889. Para comprender
la importancia de dichas obras, valoremos que, como empresario de las mismas,
tuvo a su cargo a siete mil trabajadores.
El dique San Roque
había sido proyectado por el ingeniero Esteban Dumesnil, condiscípulo de Eifel
en la Escuela Politécnica de París.
Como director de obra, el ingeniero Carlos Casaffousth concretó el
proyecto. Bialet se transformó en su principal colaborador y el empresario a
cargo de la construcción.
En el contexto y con
el antecedente del enfrentamiento que tuvieran
Roca y Juárez Celman, especialmente duro en Córdoba e incentivado por
los efectos de la revolución de 1890, una feroz campaña de denuncias se llevó a
cabo en la provincia, por supuestos negociados y críticas al proyecto y la
ejecución de dicho dique.
Nada se probó en la
investigación que ordenara el Gobernador Manuel D. Pizarro, arrastrado por la
contienda. De esas investigaciones, dice Héctor José Iñigo Carrera:
“Muestrarios completos de mentiras y estupideces –que aún dichas en estilo
leguleyo siguen siendo tales- integran el volumen de términos acusatorios con
que se los abruma. ¡Es un escándalo tan grande como el de Dreyfus, pero sin un
defensor como Zola! Perseguido, humillado y encarcelado, Bialet no pierde su
fibra catalana. Se defiende como un león y se da el lujo de poner a sus
calumniadores en ridículo, dándoles lección tras lección y aceptando la
experiencia como oportunidad para aprender derecho penal práctico. Escrito por
escrito y alegato por alegato, Bialet acumula alrededor de ochocientas páginas
llenas de superior ironía y lástima por los acusadores”.[9]
En el año 1892, la investigación penal culmina sin que se pudiera demostrar
peculado alguno o incompetencia de los constructores.
A consecuencia de
todo ello, durante ese asonado proceso, conocen la cárcel Bialet Massé y el Ingeniero Cassaffousth.[10]
Diría, a raíz de
esta desgraciada experiencia: “Luego la prisión y el proceso inicuo. Cuánta
enseñanza en aquella cárcel; el contacto de la brutalidad y el crimen, del
abuso y la inocencia perseguida, el aprendizaje práctico, clínico del delito y
del derecho penal”.
Tras trece meses de
prisión, el Juez Antenor de la Vega, termina declarando la inocencia de Bialet
y Cassaffousth y decreta sus libertades. Ello determina la renuncia del
Gobernador Manuel Demetrio Pizarro, comprometido políticamente en los hechos.
6.- EL JURISTA.
En lo que atañe al
saber jurídico, la tarea creadora de Bialet Massé, comienza a poco de recibido de abogado, en el año 1880,
cuando aparece, fruto de sus esfuerzos, una recopilación de fallos del Superior
Tribunal de Justicia de Córdoba, que es considerada una obra precursora en el
ordenamiento de nuestra jurisprudencia. [11]
Como abogado,
asesora distintas organizaciones obreras. Dedica una de sus obras, quizás la de
mayor significación jurídica, a los "Miembros de la Comisión Directiva de
la Sociedad Obreros Estibadores y de Ribera del Puerto de Rosario".
Su relación con ese
sindicato, lo lleva a representarlo como delegado en el Congreso Constituyente
de la Unión General de Trabajadores, que se celebra en la primer quincena de
marzo de 1903, en el Salón Vorwarts. Asisten al mismo, 75 representantes de
organizaciones obreras de todo el país.
Con el tiempo, ya en
1906, fue designado profesor de la cátedra de Legislación Industrial y
Agrícola, en la Facultad de Derecho de la Provincia de Córdoba. Esa materia se
denominó, posteriormente, Legislación
Industrial y Obrera, y luego, Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social. Por tal motivo, se lo reconoce como el primer profesor de esta materia
en América Latina. [12]
Su obra como
publicista en el derecho, es fructífera. Haremos un breve comentario de tres de
los libros de su pluma, que sientan las bases de la doctrina juslaboralista
argentina. [13]
7.- “PROYECTO DE UNA ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL SERVICIO
OBRERO Y DOMÉSTICO DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN Y TRADICIONES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA”.
En esta obra, el
autor formula el primer intento de sistematizar al contrato de trabajo, en el
derecho positivo americano. La escribió en 1901, hace ya un siglo. [14]
Se trata de un libro
de 270 páginas, con notas introductorias de Víctor M. Molinas, Roque Saenz Peña
y Ponciano Vivanco, dividido en 16 capítulos, en los que va fundando un complejo
cuerpo normativo de 121 artículos.
Cuando aún la
doctrina mundial, no osaba perfilar la tipicidad imperativa del contrato de
trabajo, el instituto jurídico más importante de la era moderna, Bialet
proponía al legislador argentino, un complejo plexo de normas para regularlo.
Lo hizo dando la
misma protección legal al trabajo en los talleres, que al propio de los quehaceres domésticos y de los
trabajadores rurales.
Estas dos últimas
categorías (domésticos y rurales), todavía hoy, siguen siendo objeto de un
tratamiento a la baja, que les niega los magros niveles de protección que
consagra la Ley de Contrato de Trabajo. [15]
Teorizó Bialet Massé sobre la
naturaleza jurídica del contrato de trabajo, sosteniendo: “Si el trabajo es
sólo una energía enajenable, dada, por el obrero, la energía que ha enajenado y
pagado el precio, ninguna relación queda entre patrón y obrero; como no queda
entre la Empresa de Electricidad, cuando ha dado la energía contratada, y el
precio le ha sido pagado….”. [16]
Recorría, década antes, la misma línea
argumental que Francesco Carnelutti, relacionando al contrato de trabajo con la
compraventa de energía.[17]
Y precisaba: “El trabajo, en verdad, no es más ni menos que otro valor
enajenable, que compra el que lo necesita, que vende el que lo tiene, que está
sujeto como todo valor a las oscilaciones de la oferta y la demanda; que varía
desde el empuje bruto, sin arte ni habilidad alguna, hasta el empleo de las
operaciones intelectuales más elevadas del ingeniero”. [18]
Y en función de esas precisiones,
reclamaba para el contrato de trabajo una conceptualización a distancia de la
locación de servicios, señalando que el hombre libre no se alquila y que sus
servicios son apropiados, por el empleador. Que éste no devuelve al bien
apropiado a mérito de locación alguna.[19]
No dejó, Bialet Massé, institución
importante del futuro derecho del trabajo sin tratar. El preaviso, la
indemnización por el despido incausado, la enfermedad inculpable, el descanso
dominical, el pago de salarios en moneda nacional, la reglamentación del
trabajo de mujeres y niños; son institutos regulados en su proyecto, y
desarrollados teóricamente. Reconoció a la huelga como un derecho y propuso
reglamentarla.[20]
Cuando
aún los ecos del proceso y ejecución de los mártires de Chicago no se habían
acallado, bregó por la jornada máxima legal de ocho horas y rescató la
legislación de Indias como antecedente.[21]
8.- “TRATADO DE
RESPONSABILIDAD CIVIL EN DERECHO ARGENTINO BAJO EL PUNTO DE VISTA DE LOS
ACCIDENTES DE TRABAJO”. [22]
Con esta obra dio
nacimiento al moderno derecho de daños argentino. Desde lo laboral, supo
introducir los conceptos de la responsabilidad por riesgo profesional, que con
el tiempo, se proyectarían hacia el riesgo de empresa, autoridad, creado y
social.
Este Tratado, libra
batalla contra el falso principio de que no existe responsabilidad sin culpa, y
lo hace, colocando en el centro de la teoría general a la víctima. Y entre las
víctimas, a una de las más débiles: el
trabajador. Sujeto de una relación de dominación, en la supuesta
enajenación libre de su trabajo.
Actualizado y
sensible a las nuevas corrientes jurídicas, Bialet Massé introduce en el país
al contractualismo europeo.[23]
Expone con claridad inigualable, al deber de seguridad en el contrato de
trabajo.
Y todo ello lo hace
reivindicando al Código de Vélez Sarsfield, como instrumento operativo del art.
19 de la Constitución Nacional.
Conceptualiza, antes
que nadie, al principio de indemnidad del trabajador, e invoca el “nemine
oficium suum debet esse damnosum” (a nadie debe perjudicar su oficio o su
trabajo), que reconocía el Digesto.
A este principio
fundante del derecho del trabajo, inspirador de la doctrina del riesgo, lo
encuentra operativizado por los artículos
del Código Civil, que declaran responsable al mandante por los daños que
padece el mandatario, en ocasión o con
motivo de su quehacer y aquellos otros que determinan que la locación de
servicios, se vea regulada por esas disposiciones (arts. 1953 y 1954).
Fueron sus
posiciones las que influyeron para que en 1916 la C.S.J.N., reconociera la
responsabilidad contractual del empleador en la reparación de los infortunios
del trabajo, con independencia de una conducta ilícita (delictual o cuasi
delictual) del responsable, como lo hiciera en el caso “Monreal de Lara de
Hurtado c/ Estado Nacional”.[24]
Tardó casi un siglo,
nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en reconocer, en forma plena,
que el principio “alterum non laedere”, es de raigambre constitucional a mérito
del art. 19, como enseñaba Bialet, y que tiene plena vigencia en cualquier rama
del derecho. [25]
Por contrapartida,
el legislador de 1995, con la sanción de la Ley Sobre Riesgos del Trabajo
24.557, construyó un artificioso mecanismo inconstitucional, que declara al
empleador dañante, libre de toda responsabilidad, incluso la que proviene por
culpa, a mérito de un seguro de reparación mezquina. Demostró ese legislador,
no estar todavía en condiciones de comprender a ese precursor que fue Bialet
Massé, y con ello, incurrió también en flagrante inconstitucionalidad.
9.- “INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS CLASES OBRERAS
ARGENTINAS A COMIENZOS DE SIGLO”.
El 21 de enero de
1904, Joaquín V. González, como Ministro del Interior de Julio Argentino
Roca, en su segunda presidencia, promueve
la designación oficial y por decreto, de Bialet Massé, para que confeccione un
informe “sobre las condiciones de trabajo y de la población obrera en general,
y en particular de la Argentina”.[26]
Su propuesta era
fundamental para el proyecto de este conservador lúcido y progresista (“rara
avis”), que culminó con la iniciativa de sancionar la Ley Nacional del Trabajo,
un cuerpo normativo, con estructura de Código, que intentó regular la relación
de trabajo, cuando todavía en el mundo,
la legislación social estaba en pañales.
González tomó como
base el informe que a Bialet Massé le encomendara, y éste lo redactó,
acompañando proyectos de los artículos en muchas de las instituciones
abordadas.
Integraron la
Comisión que redactó el proyecto de Ley Nacional del Trabajo: Juan Bialet
Massé, Manuel Ugarte, Enrique del Valle
Iberlucea, Augusto Bunge, José Ingenieros, Leopoldo Lugones, Armando Claros y
Pablo Storni. También se recuerda la colaboración especial del doctor Carlos
Malbrán. Y es indudable que Joaquín V. González, gran constitucionalista,
revisó y contribuyó personalmente en la redacción.[27]
.El Informe de Bialet Massé fue presentado en tres
tomos de cuatrocientas páginas cada uno, con estudios de clima, suelo,
poblaciones, organización del trabajo y de la empresa, estadísticas y exámenes
médicos.
El Informe sobre el estado de las clases obreras
a principio de siglo, es una obra clave de la sociología del trabajo,
agotada en las ediciones de nuestro país, a la que en la actualidad se accede
por vía de una edición española.[28]
Luis A. Despontín
recordaría, que para confeccionar su informe,
“Bialet recorre la campaña argentina, entra en todas sus direcciones, en
trenes de carga, en sulky, a pie, a caballo, en barco; visita talleres, recorre
estancias y establecimientos agrícolas ganaderos, penetra en tolderías indias,
inspecciona obrajes, baja a galerías y socavones mineros, tala bosques, entra
en sus picadas, conoce yerbatales, maneja la pala, se desempeña en las estibas,
trabaja en trilladoras, corta alfalfa, es peón albañil, ayuda a picapedreros,
es testigo de abusos en proveedurías. En largo y penoso peregrinar por mundos
apartados, Bialet completa su recorrido sin tregua, con observaciones
acumuladas en más de veinte años de su vida y, como cirujano en la búsqueda de
una solución, presenta las llagas del problema en toda su desnudez”.[29]
El informe es
elaborado en menos de tres meses, habiendo recorrido el autor, en ese ínterin,
las provincias de Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Tucumán, La
Rioja, Salta y Jujuy. Finalmente, es elevado al Ministro del Interior, el 30 de
abril de 1904.
Al presentar
el Informe al Ministro, en una prosa comprometida y apasionada, Bialet Massé
sostuvo: “Bien quisiera tener el talento descriptivo de un Zola, para presentar,
palpitantes y vivos, los sufrimientos y las necesidades de este pueblo, tan
abnegado, que son grandes y muchos; así como los de esas pobres tribus indias,
que en poco tiempo pueden ser traídas a la vida civilizada, contribuyendo con
sus cien mil brazos, irreemplazables, á los menos durante este siglo, para el
desarrollo y la grandeza de la República, y hoy víctimas del salvajismo, de que
no se les puede hacer responsables, del abandono de su cultura, del desamparo
de sus derechos y de la explotación inhumana de que son objeto; por que creo
que ello bastaría para que el alto criterio de V.E. y de su rectitud surgiera
el remedio y las soluciones que la Constitución ordena y la humanidad impone”.
“No se curan las
llagas ocultándolas ó velándolas á la vista del cirujano, por un pudor mal
entendido; es preciso, por el contrario, presentarlas en toda su desnudez, en
su verdad, manifestando sus antecedentes con toda sinceridad, para aplicarles
el remedio conveniente”
El Proyecto de Ley
Nacional del Trabajo se adelantó a su tiempo, aunque un Congreso signado por la
ideología conservadora, nunca llegó a sancionarlo. Sin embargo fue un paso
importante en la formulación y sistematización de la posterior legislación
social. Es considerado antecedente de
singular influencia posterior. Con 14 Títulos y 446 artículos, fue presentado
al Congreso de la Nación, el 6 de mayo
de 1904. Se lo ha invocado permanentemente en el derecho comparado latino.[30]
Pese a que en su
redacción contribuyeron importantes figuras de la izquierda de la época, la
iniciativa tampoco logró el apoyo decidido del movimiento obrero. Los
sindicatos resistieron en el proyecto de ley, en especial, el Título XII (arts.
383 a 414), que regulaba los contractos colectivos de trabajo y el orden público
laboral y la penalidad. Esa normativa guardaba relación con la Ley 4144
(vigente desde 1902), un instrumento de represión contra los sindicatos, que en
manos del poder político de la época, habría facilitado el resquebrajamiento y
la persecución de esas organizaciones. El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo,
fue reiterado en 1906 por la Unión
Industrial Argentina y en 1907, por Alfredo L. Palacios. [31]
10.- VIGENCIA ACTUAL DE SU PENSAMIENTO.
Transcurrido un
siglo, el pensamiento de Bialet Massé,
en lo económico y social, retorna cargado de advertencias y admoniciones. Nos
sigue resultando actual y lúcido.
Defiende lo
nacional, en la patria que lo cobijó. Y lo hace con un profundo respeto al
trabajador argentino, a la par que critica duramente al capital extranjero,
denunciando su rol especulativo y
expoliador. Y señala a fuego la complicidad de los gobiernos locales.[32]
Y la denuncia alcanzaba a los gestores locales de su
radicación, una clase mandataria que conformó una burguesía interesada y corrupta, que hizo y sigue
haciendo de la dependencia, su fuente de riqueza y poder.
“El capital extranjero no ha mirado al país sino
como un campo de explotación pasajera y usuraria; ha entregado las gestiones á
personas que no miran sino el alto dividendo, como medios de asegurar sus
puestos, sin reparar en los procedimientos, cayendo no pocas veces en hacerlo
redundar en provecho propio; que al fin y al cabo el que extrema para otros,
cae en la cuenta de que algo debe quedar para él, y obtiene así dividendos que pudiera duplicarse con
administraciones más racionales. Nada han hecho para mejorar el país, ni
siquiera sus propias industrias; todos ven que el país progresa, pero á pocos
les ocurre preguntar: qué es lo que debiera haber progresado, si esas
administraciones no hubieran estrujado á sus propios obreros, no hubieran
estrujado á la producción, á la que hacen cuanto pueden para no dejarle sino lo
indispensable para que no muera? …”
Y al mismo tiempo no
dejó de señalar el rol de la oligarquía ganadera, que se refugió en el
latifundio como último recurso de consolidación de sus privilegios. “El
resultado de este error, es, por un lado, que el capital del país, supeditado
por el extranjero, se ha retraído de las empresas industriales, escarmentado
cuando se ha metido en ellas; que se ve acusado de falta de patriotismo y de
usurero, sin mirar que una usura mucho mayor impone el de afuera; y el de
adentro se invierte en terrenos, acumulando inmensas zonas, ó mestizando por
millones de cabezas de ganados, porque en esto encuentra seguridad y
recompensa”.
Por contrapartida, proponiendo leyes para su
protección, escribió del trabajador argentino, al que estudió como abogado,
médico e ingeniero:
“Del otro lado, el
obrero criollo, menospreciado, tildado de incapaz, se ve como un paria en su
tierra, trabajando más, haciendo trabajos en los que es irremplazable, y
percibiendo un salario como para no morirse, y sufre que en un mismo trabajo,
se le dé un jornal inferior, porque es criollo, á pesar de su superior
inteligencia, de su sobriedad y su adaptación al medio, que le permite
desarrollar energías extraordinarias y demostrar resistencias increíbles”.
Fue Bialet Massé un intelectual, enamorado de la cultura,
que demostró al mismo tiempo ser un hombre de acción.
Desde su republicanismo catalán y sus profundas
convicciones democráticas, conoció, estudió, respetó y criticó las ideologías
socialista y anarquista y extrajo de ellas aportes importantes para la
legislación social argentina.
Se le critica su colaboración con el régimen conservador, y
al mismo tiempo, su falta de compromiso con la política de partidos.
Sus aportes hechos a los gobiernos de la Argentina
conservadora y el privilegio, son de por sí denunciantes y críticos.
No era un revolucionario, era un reformista profundo y
comprometido con los intereses más postergados del país, que no renegaba de la
democracia, y llenaba los contenidos de ella con los valores que el
constitucionalismo social, décadas más tarde haría suyos.[33]
Bialet Massé falleció el 22 de abril de
1907. Se adelantó en mucho a su época y
sentó las bases de una disciplina jurídica que todavía se encuentra en
gestación. Cargada de contradicciones, comprometida por su ambigüedad, y sin
embargo, el único instrumento hábil para arribar a una justicia social
impostergable.
[1] Véase del autor de este trabajo, Juan
Bialet Massé, primer doctrinario del derecho social en América, publicado
en revista Doctrina Laboral, Errepar, Buenos Aires, junio del 2001, año XVI, n°
190, tomo XV, pág. 569 y ss.
[2] Ver: La
Primera Internacional en España, de Josep Tormes, en Historia del
Movimiento Obrero, fascículos del Centro Editor, tomo II, pág. 193 y ss.
[3] Declaración de la Comuna, al Pueblo Francés,
del 1° de abril de 1871.
[4] "Quedaron en prisión 36.000 insurrectos,
sometidos, por la vigencia del estado de sitio, a la justicia militar. Los
cuatro consejos de guerra existentes resultaron insuficientes y se crearon 22
consejos complementarios que funcionaron a un ritmo acelerado entre 1872 y
1873. Ellos llevaron a cabo una parodia de justicia que dejó como saldo más de
13.700 condenados a muerte, trabajos forzados, deportación, reclusión etc.,
entre ellos, 170 mujeres y 60 niños menores de 16 años". La comuna de
Paris, por Susana Belmartino, en obra: Historia del Movimiento Obrero,
fascículos de Centro Editor, tomo II, pág 65 y ss.
[5] Se edita en
Buenos Aires, en la imprenta del Mercurio, sita en la calle Potosí.
[6]
Como docente universitario, en 1882, representa a la Universidad
Nacional de Córdoba, en el Congreso Pedagógico que ese año prepara y anticipa
la sanción de la Ley 1420 de enseñanza laica, común, obligatoria y gratuita. En
1905, a propuesta de Joaquín V. Gonzalez, se le ofrece a Bialet Massé y éste
rechaza, la designación de rector de la Universidad Nacional de La Plata.
[7] Fuente: Investigación de Norberto Huber,
Biografía de Dr. Juan Bialet Massé, a
consultar en página web: www.geocities.com.
[8] Ver: Juan
Bialet Massé: precursor del derecho del trabajo en la República, por
Luis A. Despontín, en Gaceta del
Trabajo, año 1952, tomo 22, pág 1, presentado en la Academia Nacional de
Derecho, al incorporarse el autor, ocupando el sillón “Juan Bialet Massé”.
[9] Véase
Héctor José Iñigo Carrera, Juan Bialet Massé, una batalla por el
desarrollo y la justicia social, en Todo es Historia en América y el mundo,
suplemento n° 20.
[10] El ingeniero
Carlos Cassaffousth acaba suicidándose,
destruido por la campaña que se había llevado en su contra. Bialet durante años
reivindicó su memoria, demostrando lo infundado de las acusaciones y reclamando
el justo reconocimiento.
[11] Impresa en la
Imprenta del Interior, se trata de una ordenada y escrupulosa recopilación de
fallos civiles.
[12] Lo han reconocido
como precursor y primer profesor de
derecho del trabajo en América, entre otros: Unsain, Anastasi, Rietti,
Tissembaum, Saavedra Lamas y Despontín.
[13] Hemos podido registrar además de las
mencionadas y comentadas en este trabajo las siguientes obras de su pluma:
- Compendio de Anatomía, Fisiología e
Higiene Humana.
- Administración de irrigación y
comentario a las leyes de agua.
- Las colonias en el interior.
- La plantación de algodón.
- Cuatro verdades sobre enseñanza
secundaria. (1900).
- Deberes y derechos de los trabajadores.
(1903).
- Dejó inédito un tratado de “Ingeniería
legal”, del cual se publicaron varios capítulos en la Revista Técnica de
Charnoudie.
- Descanso semanal. (1904).
- Administración de irrigación y
Comentarios a la leyes agrarias. (1904).
- El socialismo argentino. El espíritu de
la Ley Nacional del Trabajo. (1904).
- Informe sobre la creación de Colonias
Nacionales Algodoneras. (1905).
- Recopilación del censo general de
población, edificación, comercio, industria, ganadería y agricultura de la
Ciudad de Córdoba. (publicado en 1910)
[14] La publica en una edición del autor, en
Rosario de Santa Fé, en el año 1902, en la imprenta de Wetzel y Buscaglione.
[15] En su Proyecto de Reforma de la Ley de
Contrato de Trabajo, presentado en 1986, a la Cámara de Diputados de la Nación,
el autor de este trabajo, siguió el criterio adoptado por Bialet Massé.
[16] Juan Bialet
Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y
doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República Argentina, Tip. de Wetzel y Buscaglione, Rosario de
Santa Fe, 1902, pág. 58.
[17] Carnelutti escribió su tesis doctoral sobre la compraventa de energía
eléctrica, y décadas más tarde, estudiando al contrato de trabajo, al que
consideraba el más importante y representativo de la época moderna, hizo el
paralelo entre la venta de energía eléctrica y la venta de energía humana.
[18] Juan Bialet
Massé, “Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y doméstico
de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República Argentina”, Rosario
de Santa Fe, Tip. de Wetzel y Buscaglione, 1902, pág. 48.
[19] Dice: “Como
consecuencia de estas premisas, resulta que tan anacrónico e ilógico es
conservar el título de locación de servicios, porque el hombre libre no se
alquila, ni los servicios son alquilables, porque ellos se dan a la persona que
los paga o recibe”.
“La
idea del alquiler lleva consigo la de la devolución de la cosa alquilada,
después que ha sido gozada por el inquilino y los servicios no pueden
devolverse sino adheridos a la cosa en que se han puesto o por otros iguales”.
Juan Bialet Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio
obrero y doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República
Argentina, Rosario de Santa Fe, Tip. de Wetzel y Buscaglione, 1902, pág.
49.
[20] Proyecta: “Art.
44.- Los obreros contratados por libreta no podrán declararse en huelga, sino
después de terminados sus contratos, y durante los contratos en los casos
previstos en esta ordenanza”.
“Los
que no estuviesen contratados por libreta no tienen impedimento para declararse
en huelga, cuando les convenga, pero no tienen derecho ellos ni sus patrones de
acudir al tribunal arbitral para que resuelva sus diferencias con carácter
general, si no han llenado previamente este requisito”. Juan Bialet Massé, Proyecto
de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y doméstico de acuerdo con
la legislación y tradiciones de la República Argentina, Tip. de Wetzel y Buscaglione, Rosario de
Santa Fe, 1902, pág. 192.
[21] Señala: “Debemos
aún tomar cuenta de otras leyes muy importantes, las del título 6, libro 3° de
la Recopilación de Indias”.
“La
primera, la 6ª. dictada por Felipe II en 20 de Diciembre de 1593 esto es, hace
más de tres siglos, por ser la primera vez en el mundo histórico en que se fijó
la jornada oficial, para el trabajo en las horas públicas LA JORNADA DE OCHO
HORAS, que creen haber inventado hoy los anarquistas y socialistas modernos;
merece ser copiada a la letra:”
“Todos
los obreros trabajarán ocho horas cada día, cuatro a la mañana y cuatro a la
tarde, en las fortificaciones y fábricas que se hicieren, repartidas a los
tiempos más convenientes para librarse del rigor del sol más o menos lo que a los ingenieros pareciere,
de forma que no faltando un punto de lo posible, también se atienda a procurar
su salud y conservación”.
“Además,
los sábados debían dejar el trabajo una hora antes para ser pagados, lo que
debía hacerse con nómina y en mano propia (ley12)”.
Y comenta más adelante: “Lo que llevamos
dicho no quita un ápice a que seamos ardientes partidarios de la jornada de
ocho horas; al contrario somos entusiastas de ella, porque distribuye la vida
del obrero de la manera más racional posible. La copla popular en Inglaterra:
Ocho horas de trabajo, ocho horas de alegría; Ocho horas de descanso, y ocho
chelines al día”, es su expresión más sencilla y pintoresca”. Juan Bialet
Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y
doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República Argentina, Tip. de Wetzel y Buscaglione, Rosario de
Santa Fe, 1902, pág. 61.
[22] Editado por el autor, en el año 1904, en
Rosario de Santa Fe, en el Establecimiento "La Argentina", de Arturo
Suárez Pinto. Esta obra fue dedicada al sindicato que nucleara a los
estibadores del puerto de Rosario.
[23] Sainctelette
publicó su Responsabilité et garantie, en Bruselas en 1884 y por su
parte Sauzet, dio a conocer su monografía Responsabilité des patrons vis a
vis des ouvries, en Francia, en Revue Critique, en el año 1883.
[24]
Ver: C.S.J.N. Fallos T. CXXIV, pág.
329 y ss.
[25] A partir de 1986 la CSJN sentó doctrina,
en forma clara, reconociendo la raigambre constitucional del principio “alterum
non laedere”, al que remite al art. 19 de la C.N. Ver los fallos dictados en
“Santa Coloma c/ Ferrocarriles Argentinos” y “Gunther, Fernando Raúl c/ Nación
Argentina”.
[26] También se encomendó a Pablo Storni la presentación de un
informe sobre la situación de los trabajadores en la ciudad de Buenos Aires. La
investigación de Storni, abarcó a 5.818
empresas industriales (2.000 eran de propiedad italiana, 700 española, 505
francesa y sólo pocas de propiedad argentina), se encuentran a 42.283 obreros
adultos y 3.922 mujeres y niños, de todos los cuales 27.672 eran argentinos y
31.139 inmigrantes extranjeros. Esta investigación sirvió parta señalar que en
la mayoría de las empresas se trabajaba entre 10 y 16 horas diarias. (Fuente:
Iaácov Oved, El anarquismo y el movimiento obrero en Argentina, Siglo
veintiuno, México, 1978, pág. 332. El autor cita “Legislación obrera”, en La
Prensa, 16 de abril de 1904).
[27] La iniciativa impulsada por el Ministro del Interior, contó con el decidido
apoyo del presidente Julio A. Roca, que consiguió la sanción de la Ley 4409,
por la que el Poder Ejecutivo se encontró autorizado para invertir la suma de
veinticinco mil pesos de la época, para financiar su estudio y preparación.
[28] La edición, no
agotada, es de Hispamérica , Madrid, 1985.
La mejor de las ediciones que pudimos conocer, fue la llevada a cabo por
la Universidad de Córdoba (data del año 1968 y está totalmente agotada), con
prólogo y notas de Luis A. Despontín. Existe otra edición en tres pequeños
tomos, publicada por Centro Editor para América Latina, a rastrear en la
librería de usados. La primera edición data de 1904, y fue llevada a cabo en la
Imprenta y Casa Editora de Adolfo Grau, Moreno 960 de Buenos Aires
[29] Pertenece a la
disertación de Luis A. Despontín, en ocasión de ocupar, el mismo, en 1952, el
sillón Juan Bialet Massé, en la Academia Nacional del Derecho de Córdoba.
[30] En una conferencia dictada en la Facultad
de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata,
Ernesto Quesada diría de este proyecto de Código laboral que contenía: “… un
estudio tan completo del asunto que podría servir de modelo en cualquier parte, no desmereciendo siquiera a Alemania
cuya legislación social es tan avanzada y científica”.
[31] Ver:
José Panettieri, en Las primeras leyes obreras, Centro Editor de América
Latina, Buenos Aires, 1984, quien sostiene que esas normas “eran completamente
reaccionarias y tendían a resquebrajar
los cimientos de las organizaciones obreras”. El deber de registrarse de los
sindicatos con la consecuente denuncia de sus cuerpos directivos y la
individualización de sus dirigentes, vigente la Ley 4144, implicaba con el uso
que se podía hacer de ella, colocar en manos del poder político, la posibilidad
de extraditar a los cuadros directivos del combativo sindicalismo anarquista y
socialista. Con el tiempo, la registración terminó siendo una carga ineludible
y el propio art. 14 bis de la Constitución Nacional, hace mérito de ella. En
ese momento (1904), este control, asociado a la represiva ley 4.144 colocaba al
movimiento obrero en condición de inerme.
[32] Dice: “Uno de los errores más trascendentes
en que han incurrido los hombres de gobierno de la República Argentina, ha sido
ocuparse exclusivamente de atraer el
capital extranjero, rodearlo de todo tipo de franquicias, privilegios y
garantías, ….”
[33] Tratando de caracterizarlo Héctor José Iñigo
Carrera, dice: “Con su socialismo propio y peculiar, elabora en su informe un
plan de profundas reformas del Trabajo, pero –y aquí la distinción- sobre ideas
de industrialización, nación integrada, reparto de tierras y comicios libres
con presencia del pueblo...”. Héctor José Iñigo Carrera, Juan Bialet Massé,
una batalla por el desarrollo y la justicia social, en Todo es Historia en
América y el mundo, suplemento n° 20.