Editorial.
Honrar las deudas y el acceso a la justicia.
Por Ricardo J. Cornaglia.
La actual administración hace mérito de su decisión de honrar las deudas asumidas por el Estado Nacional en lo internacional, decisión desde el punto de vista ético, de ser cumplida y no solo declamada, que permitiría, que dejáramos de ser calificados como deshonestos deudores y país considerado al alto riesgo para créditos e inversiones.
La consideración de deudora deshonesta con la que se califica a la Argentina es un baldón difícil de superar desde la época los créditos de la Banca Morgan, que tuvimos que pagar con creces, aún sin recibir la mayor parte de los capitales por los que nos endeudamos.
Creemos que hay corresponsabilidad de acreedores tan deshonestos como los deudores, en negocios financieros del orden internacional, pero nadie puede acusar a nadie si no comienza por asumir la responsabilidad de sus actos. Aún de los actos de administradores irresponsables nacidos de procesos democráticos o golpes de Estado.
Lo más grave de la cultura de la deshonestidad deudora, es que la misma se hace general y lo que se denuesta en el plano internacional, se transmite a práctica abusiva en el plano interno.
A la deuda externa, que la pague Dios y a la interna también.
Los argentinos no podemos eludir el dilema de nuestra deuda interna, si no asumimos en plenitud la misma.
Esta deuda cuando se trata de créditos alimentarios, por incumplimiento de deberes legales asumidos con referencia a los más necesitados o por daños causados con nuestra conducta dolosa, culposa o riesgosa en propio beneficio, ha sido deshonrada por las últimas administraciones y la presente, creando un reservorio de litigiosidad ineludible, ante la violación sistemática de derechos humanos y sociales fundamentales. Empuja a la miseria y la marginalidad a sujetos de especial consideración que la Constitución manda proteger.
Uno de los artilugios procesales puestos al servicio de esa maniobra es la prohibición de la demanda originaria de daños contra los dañantes, ante el juez natural. Otra, la obstaculización vía el derecho procesal administrativo de los reclamos contra el poder público. Otra, dar a las deudas de valor el tratamiento propio de las deudas de dinero. Otra, usar la inflación para licuar los créditos y eternizar los procesos.
Los acreedores internos titulares de esos derechos, para ser burlados, han sido objeto de ese tipo de maniobras que vedan su acceso a la justicia, como último reducto en el cual creer y refugiar. Hacen del proceso judicial un instrumento al servicio de la indignidad.
La FACA, ha convocado a la abogacía argentina, para que reflexione y debata su rol, en relación al acceso efectivo a la justicia, los días 24, 25 y 26 de abril del 2019, en el Colegio de Abogados de La Plata, en la XIX Conferencia Nacional de Abogados.
Serán ponentes oficiales y expositores especialmente invitados los doctores María Angélica Gelli, Ricardo Gil Lavedra, Fabián Salvioli, Horacio Rossatti, Miguel Oscar Berri, Aída Kemelmajer de Carlucci ,Eduardo De Lázzari, Gabriel Stiglitz, Héctor Méndez, Gabriela Inés Tozzini, Juan J. Formaro, Juan Carlos Fernández Madrid, Carlos Alberto Andreucci, Ana Marìa Besteiro, José Luis Laquidara, Alberto Ruiz Erenchum, Carlos López de Belva, Maximiliano Toricelli y Pablo María Garat.