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HOMENAJE A
JUAN BIALET MASSE
TRES ARTICULOS SOBRE JUAN BIALET MASSE
Ricardo Cornaglia
I.JUAN
BIALET MASSÉ: EL PRECURSOR.
Publicado
en la revista “La causa laboral” de la Asociación de
Abogados
Labora-listas, agosto de 2006, año VI, n° 23
UN CATALAN REPUBLICANO.
La doctrina del derecho del trabajo argentino tiene sus
orígenes en la obra de Juan Bialet Massé, un catalán que arribara a nuestras
tierras como perseguido político y se demostrara un infatigable militante
social, un investigador y un jurista de singular valía. Funda la sociología del
trabajo, el derecho del trabajo y el moderno derecho de daños.
Representó en nuestro país, en la segunda mitad del siglo
XIX, lo más avanzado del pensamiento social de su época.
Había nacido en Mataró, en la Costa Brava del Levante de
Cataluña, el 19 de di-ciembre de 1846. Se formó en la Europa del siglo de la
cuestión social, al compás de las revoluciones sociales que sacudieron a las
principales naciones, como sucediera en 1848 en la ciudad luz, París,
alumbrando la aparición política de la clase trabajadora.
Alcanzó su título de médico, cursando sus estudios en la
Facultad de
Medicina de la Universidad de Madrid. También tomó clases
de Filosofía de la Historia, siendo discípulo de Emilio Castelar, y participó
de los movimientos cívicos y estudiantiles que culminaron con la revolución de
1868. Fue un republicano cabal.
La República fue proclamada el 11 de febrero de 1873, y
tuvo una corta experien-cia de once meses. Bialet Massé conocería la persecución
política y ella lo haría procurar refugio en la Argentina, que invitaba a todos
los “hombres del mundo” a vivir al amparo de las libertades y derechos que la
Constitución de 1853 había consagrado. Las mismas libertades y derechos
republicanos y democráticos por las que había bregado.
Como muchos otros inmigrantes, llegó con su bagaje de
fracasos y esperanzas, formando parte de una generación de exiliados políticos,
que introdujo en nuestras tierras las ideologías que conmovían a lo mejor de la
intelectualidad no comprometida con un orden conservador e injusto.
EL EXILIO Y EL EJERCICIO DE LA DOCENCIA Y LA MEDICINA.
Llegó a nuestro país cuando los ecos de la Comuna no se
habían acallado y la experiencia republicana española naufragaba en el mar de
sus contradicciones.
Se ganó la vida ejerciendo la docencia. Lo hizo primero en
la enseñanza secunda-ria, como profesor de anatomía, en los Colegios Nacionales
de Mendoza, La Rioja y San Juan. Rápidamente se destaca. Se desempeña como vice
rector del primero y rector de los otros dos.
Se casa el 9 de julio de 1874, en San Juan, con Zulema
Laprida, nieta de quien fuera el presidente del Congreso de Tucumán, don
Francisco Narciso de Laprida.
Repartió la docencia con el ejercicio de la medicina, y en
1875, publica su primer obra: Lecciones de anatomía, también conocida como el
Compendio de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana, que serviría de texto para la enseñanza
secundaria. Fue considerado el primer manual completo de la materia que se
publicó en nuestro país.
En el año 1877 se radicó en Córdoba, donde el rector de la
Universidad, doctor Manuel Lucero (quien fundó la Facultad de Medicina
cordobesa), lo propone para el des-empeño, como titular, de la cátedra de
Medicina Legal.
Consideró Bialet Massé insuficiente su formación jurídica,
por lo que no aceptó la propuesta, pero acicateado por ella, se compromete con
el estudio del derecho y cursa la carrera de abogacía en veinte meses, como
alumno de la Universidad de Trejo, graduán-dose en 1879.
Sólo entonces, superado el escollo, acepta la proposición que
antes se le había formulado y pasa a ser quien funda y orienta la cátedra de
Medicina Legal.
Desde el ejercicio de esa cátedra, en 1885, publica un tomo
de las lecciones que impartía. Se titula: Lecciones de medicina aplicada a la
legislación de la República Argentina. Por esta obra recibe el primer premio de
la Academia Nacional de Medicina. Nominado por la Facultad de Medicina, ese
año, se le otorga el Grado Máximo Dr. Hono-ris Causa de la Universidad Nacional
de Córdoba.
LA ACTIVIDAD EMPRESARIA Y LA CÁRCEL.
Bialet Massé tuvo una vida plasmada en las más diversas
actividades, destacán-dose en cada una de ellas.
Incursionó en la política comunal y fue electo Concejal por
la ciudad de Córdoba, en el año 1883, llegando a presidir el Consejo y
participando en la compra del sistema de agua corriente y gas para esa capital
provincial.
Se enorgullecía de haber sido "industrial y empresario
constructor de las obras de riego de Córdoba".
Diego Abad de Santillán, en la "Gran Enciclopedia
Argentina", recuerda que Bialet Massé ejerció la profesión de agrimensor.
Por su parte,
Vicente Osvaldo Cutolo, en el “Nuevo Diccionario Biográfico Argentino”,
escribe, que para optar al cargo de profesor en la Escuela Práctica de
Agricultura de Córdoba, previamente se inscribió como alumno, y luego de dar
los exámenes requeridos de todas las asignaturas, con brillantes notas, se
graduó de perito agrónomo.
Despontín le reconoce el título de ingeniero agrónomo,
obtenido en la Escuela Nacional de Agronomía y Veterinaria de Córdoba.
Estos aspectos de su polifacética personalidad, lo fueron
llevando a constituirse en industrial. Funda y crea, en 1884, la Fábrica de
Cales y Cementos “La Primera Argen-tina”. Sus productos son usados en la
construcción de “La Toma”, de Córdoba.
Más tarde, en 1886, asociado a Felix Funes, contrata la
construcción del Dique San Roque y el Riego de los Altos de Córdoba, obra que
se finaliza en el año 1889. Para comprender la importancia de dichas obras,
valoremos que como empresario de las mis-mas, tuvo a su cargo a siete mil
trabajadores.
El dique San Roque había sido proyectado por el ingeniero
Esteban Dumesnil, condiscípulo de Eifel en la Escuela Politécnica de París.
Como director de obra, el inge-niero Carlos Casaffousth concretó el proyecto.
Bialet se transformó en su principal cola-borador y el empresario a cargo de la
construcción.
En el contexto y con el antecedente del enfrentamiento que
tuvieran Roca y Juá-rez Celman, especialmente duro en Córdoba, e incentivado
por los efectos de la revolu-ción de 1890, se llevó a cabo en la provincia una
feroz campaña de denuncias por su-puestos negociados y críticas al proyecto y
la ejecución de dicho dique.
Nada se probó en la investigación que ordenara el
Gobernador Manuel
D. Pizarro, arrastrado por la contienda. De esas
investigaciones, dice Héctor José Iñigo Carrera: “Muestrarios completos de
mentiras y estupideces –que aún dichas en estilo leguleyo siguen siendo tales-
integran el volumen de términos acusatorios con que se los abruma. ¡Es un
escándalo tan grande como el de Dreyfus, pero sin un defensor como Zola!
Per-seguido, humillado y encarcelado, Bialet no pierde su fibra catalana. Se
defiende como un león y se da el lujo de poner a sus calumniadores en ridículo,
dándoles lección tras lección y aceptando la experiencia como oportunidad para
aprender derecho penal práctico. Escrito por escrito y alegato por alegato,
Bialet acumula alrededor de ochocien-tas páginas llenas de superior ironía y
lástima por los acusadores”. En el año
1892, la investigación penal culmina sin que se pudiera demostrar peculado
alguno o incompeten-cia de los constructores.
A consecuencia de todo ello, durante ese asonado proceso,
conocen la cárcel Bialet Massé y el
Ingeniero Cassaffousth.
Diría, a raíz de esta desgraciada experiencia: “Luego la
prisión y el proceso inicuo. Cuánta enseñanza en aquella cárcel; el contacto de
la brutalidad y el crimen, del abuso y la inocencia perseguida, el aprendizaje
práctico, clínico del delito y del derecho penal”.
Tras trece meses de prisión, el Juez Antenor de la Vega
declara la inocencia de Bialet y Cassaffousth y decreta sus libertades. Ello
determina la renuncia del Gobernador Manuel Demetrio Pizarro, comprometido
políticamente en los hechos.
EL JURISTA.
En lo que atañe al saber jurídico, la tarea creadora de
Bialet Massé comienza a poco de recibido
de abogado, en el año 1880, cuando aparece, fruto de sus esfuerzos, una
recopilación de fallos del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, que es
conside-rada una obra precursora en el ordenamiento de nuestra
jurisprudencia.
Como abogado, asesora distintas organizaciones obreras.
Dedica una de sus obras, quizás la de mayor significación jurídica, a los
"Miembros de la Comisión Directiva de la Sociedad Obreros Estibadores y de
Ribera del Puerto de Rosario".
Su relación con ese sindicato lo lleva a representarlo como
delegado en el Con-greso Constituyente de la Unión General de Trabajadores, que
se celebra en la primera quincena de marzo de 1903, en el Salón Vorwarts.
Asisten al mismo 75 representantes de organizaciones obreras de todo el país.
Con el tiempo, ya en 1906, fue designado profesor de la
cátedra de
Legislación Industrial y Agrícola, en la Facultad de
Derecho de la
Provincia de Córdoba. Esa materia se denominó, posteriormente,
Legislación Industrial y Obrera, y luego, Derecho del Tra-bajo y de la
Seguridad Social. Por tal motivo, se lo reconoce como el primer profesor de
esta materia en América Latina.
Su obra como publicista en el derecho es fructífera.
Mencionaremos tres de los li-bros de su pluma, que sientan las bases de
distintas disciplinas, el derecho del trabajo, la sociología del trabajo y el
moderno derecho de daños.
“PROYECTO DE UNA ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL SERVICIO
OBRERO Y DOMÉSTICO DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN Y TRADICIONES DE LA REPÚ-BLICA
ARGENTINA”.
Con esta obra doctrinaria nace el derecho del trabajo
argentino. En ella el autor formula el primer intento de sistematizar al
contrato de trabajo, en el derecho positivo americano.
Cuando aún la doctrina mundial no osaba perfilar la
tipicidad imperativa del con-trato de trabajo, el instituto jurídico más
importante de la era moderna, Bialet Massé es-cribió un libro para defender una
idea y un anteproyecto de ley, reglamentándolo.
Va de suyo que cuando sostenemos que se trató ésta de la
obra que merece el título de fundadora del derecho del trabajo nacional,
estamos tratando de recatar del olvi-do y la incomprensión un esfuerzo
intelectual de singular valía.
“TRATADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN DERECHO ARGENTINO BAJO
EL PUNTO DE VISTA DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO”.
Con esta obra dio nacimiento al moderno derecho de daños argentino. Sentó
las bases de fundamentación de la responsabilidad contractual a partir del
derecho de segu-ridad en los contratos. Desde la problemática laboral logró
introducir los conceptos de los que derivaría la responsabilidad por riesgo
profesional, que con el tiempo, se proyectaría fura de los límites del contrato
de trabajo, recorriendo la escalada del riesgo de empresa, autoridad, creado y
social.
Este Tratado libra batalla contra el falso principio de que
no existe responsabilidad sin culpa, y lo hace, colocando en el centro de la
teoría general a la víctima. Y entre las víctimas, a una de las más débiles:
el trabajador. Sujeto de una relación de
dominación, en la supuesta enajenación libre de su trabajo.
Actualizado y sensible a las nuevas corrientes jurídicas,
Bialet Massé introduce en el país al contractualismo europeo. Expone con claridad inigualable, el deber de
seguri-dad en el contrato de trabajo. Y todo ello lo hace reivindicando al
Código de Vélez Sars-field, como instrumento operativo del art. 19 de la
Constitución Nacional.
Conceptualiza, antes que nadie, al principio de indemnidad
del trabajador, e invo-ca el “nemine oficium suum debet esse damnosum” (a
nadie debe perjudicar su oficio o su trabajo), que
reconocía el
Digesto.
A este principio fundante del derecho del trabajo,
inspirador de la doctrina del riesgo, lo encuentra operativizado por los
artículos del Código Civil, que declaran respon-sable al mandante por los daños
que padece el mandatario, en ocasión o con motivo de su quehacer y aquellos
otros que determinan que la locación de servicios se vea regulada por esas
disposiciones (arts. 1953 y 1954).
Fueron sus posiciones las que influyeron para que en 1916
la C.S.J.N., reconocie-ra la responsabilidad contractual del empleador en la
reparación de los infortunios del trabajo, con independencia de una conducta
ilícita (delictual o cuasi delictual) del respon-sable, como lo hiciera en el
caso “Monreal de Lara de Hurtado c/ Estado Nacional”.
Tardó casi un siglo nuestra Corte Suprema de Justicia de la
Nación, en reconocer en forma plena, que el principio “alterum non laedere” es
de raigambre constitucional a mérito del art. 19, como enseñaba Bialet, y que
tiene plena vigencia en cualquier rama del derecho.
Por contrapartida, el legislador de 1995, con la sanción de
la Ley Sobre Riesgos del Trabajo 24.557, construyó un artificioso mecanismo
inconstitucional, que declara al empleador dañante, libre de toda
responsabilidad, incluso la que proviene por culpa, a mérito de un seguro de
reparación mezquina. Demostró ese legislador, no estar todavía en condiciones
de comprender a ese precursor que fue Bialet Massé, y con ello, incurrió
también en flagrante inconstitucionalidad.
“INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS CLASES OBRERAS ARGENTINAS A
CO-MIENZOS DE SIGLO”.
El 21 de enero de 1904, Joaquín V. González, como Ministro
del Interior de Julio Argentino Roca, en su segunda presidencia, promueve la
designación oficial y por decre-to, de Bialet Massé, para que confeccione un
informe “sobre las condiciones de trabajo y de la población obrera en general,
y en particular de la Argentina”.
Su propuesta era fundamental para el proyecto de este
conservador lúcido y pro-gresista (los puede haber), que culminó con la
iniciativa de sancionar la Ley Nacional del Trabajo, un cuerpo normativo, con
estructura de Código, que intentó regular la relación de trabajo, cuando
todavía en el mundo la legislación social estaba en pañales.
González tomó como base el informe que le encomendara a
Bialet Massé, y éste lo redactó, acompañando proyectos de los artículos en
muchas de las instituciones abor-dadas.
Integraron la Comisión que redactó el proyecto de Ley
Nacional del
Trabajo: Juan Bialet Massé, Manuel Ugarte, Enrique del
Valle Iberlucea,
Augusto Bunge, José Ingenie-ros, Leopoldo Lugones, Armando
Claros y
Pablo Storni.
También se recuerda la colabo-ración especial del doctor Carlos Malbrán.
Y es indudable que Joaquín V. González, gran constitucionalista, revisó y
contribuyó personalmente en la redacción.
El Informe de Bialet Massé fue presentado en tres tomos de
cuatrocientas páginas cada uno, con estudios de clima, suelo, poblaciones,
organización del trabajo y de la em-presa, estadísticas y exámenes médicos. Es
una obra clave de la sociología del trabajo, agotada en las ediciones de
nuestro país, a la que en la actualidad se accede por vía de una edición
española.
Luis A. Despontín recordaría, que para confeccionar su
informe, “Bialet recorre la campaña argentina, entra en todas sus direcciones,
en trenes de carga, en sulky, a pie, a caballo, en barco; visita talleres,
recorre estancias y establecimientos agrícolas ganade-ros, penetra en tolderías
indias, inspecciona obrajes, baja a galerías y socavones mine-ros, tala
bosques, entra en sus picadas, conoce yerbatales, maneja la pala, se desempe-ña
en las estibas, trabaja en trilladoras, corta alfalfa, es peón albañil, ayuda a
picapedre-ros, es testigo de abusos en proveedurías. En largo y penoso
peregrinar por mundos apartados, Bialet completa su recorrido sin tregua, con
observaciones acumuladas en más de veinte años de su vida y, como cirujano en
la búsqueda de una solución, presenta las llagas del problema en toda su
desnudez”.
El informe es elaborado en menos de tres meses, habiendo
recorrido el autor, en ese ínterin, las provincias de Santa Fe, Córdoba, Entre
Ríos, Corrientes, Chaco, Tu-cumán, La Rioja, Salta y Jujuy. Finalmente es
elevado al Ministro del Interior, el 30 de abril de 1904.
El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo se adelantó a su
tiempo, aunque un Congreso signado por la ideología conservadora, nunca llegó a
sancionarlo. Sin embargo fue un paso importante en la formulación y
sistematización de la posterior legislación so-cial. Es considerado antecedente
de singular influencia posterior. Con 14 Títulos y 446 artículos, fue
presentado al Congreso de la Nación, el
6 de mayo de 1904. Se lo ha invo-cado permanentemente en el derecho comparado
latino.
Pese a que en su redacción contribuyeron importantes
figuras de la izquierda de la época, la iniciativa tampoco logró el apoyo
decidido del movimiento obrero. Los sindi-catos resistieron el proyecto de ley,
en especial, el Título XII (arts. 383 a 414), que regu-laba los contractos
colectivos de trabajo y el orden público laboral y la penalidad. Esa normativa
guardaba relación con la Ley 4144 (vigente desde 1902), un instrumento de
represión contra los sindicatos, que en manos del poder político de la época,
habría facili-tado el resquebrajamiento y la persecución de esas
organizaciones. El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo fue reiterado en 1906
por la Unión Industrial Argentina y en 1907 por Alfredo L. Palacios.
VIGENCIA ACTUAL DE SU PENSAMIENTO.
Fue Bialet Massé un intelectual enamorado de la cultura,
que demostró al mismo tiempo ser un hombre de acción.
Desde su republicanismo catalán y sus profundas
convicciones democráticas, co-noció, estudió, respetó y criticó las ideologías
socialista, anarquista y extrajo de ellas aportes importantes para la
legislación social argentina.
Se le critica su colaboración con el régimen conservador, y
al mismo tiempo, su falta de compromiso con la política de partidos.
Sus aportes hechos a los gobiernos de la Argentina
conservadora y el privilegio, son de por sí denunciantes y críticos de ese
régimen.
No era un revolucionario. Era un republicano reformista
comprometido con los in-tereses más postergados del país, que no renegaba de la
democracia, y llenaba los con-tenidos de ella con los valores que el
constitucionalismo social, décadas más tarde, haría suyos.
Bialet Massé falleció el 22 de abril de 1907. Se adelantó
en mucho a su época y sentó las bases de una disciplina jurídica que todavía se
encuentra en gestación. Carga-da de contradicciones, comprometida por su
ambigüedad, y sin embargo, el único instru-mento hábil para arribar a una
justicia social que nos resulta todavía lejana.
II.
JUAN BIALET MASSÉ, PRIMER DOCTRINARIO
DEL DERECHO SOCIAL EN AMÉRICA.
En revista Doctri-na Laboral, Errepar, Buenos Aires, junio
de 2001, año XVI, n° 190, tomo XV
EL EXILIO.-
Juan Bialet Massé, era catalán y republicano, esta última
con-dición lo llevó al exilio y también
a conocer y querer, como pocos lo hicieron,
a nuestra geografía y pueblo.
Había nacido en Mataró,
en la Costa Brava del Levante de Cataluña, el 19 de diciembre de 1846.
Se recibió de médico
en la Facultad de Medicina de la Uni-versidad
de Madrid y siendo muy joven ejerció como cirujano en los ejér-citos
republicanos.
Partidario de Castelar en
su intento de constituir la Primera República Española, a la caída de
Amadeo de Saboya, conocería la per-secución
política y procuraría refugio en nuestro país, que para enton-ces
invitaba a todos los “hombres del mundo”, a vivir al amparo de las libertades y derechos que la Constitución
de 1853 había consagrado. Las mismas libertades y derechos por las que él venía
luchando.
LA DOCENCIA.-
Arriba a la patria
de adopción, en 1873, y en ella, para
ga-narse la vida, ejerció la docencia en
los Colegios Nacional de Mendoza, de La Rioja y
de San Juan, como profesor de
anatomía. Llegó a ser vice rector del primero y rector de los otros dos.
En San Juan se casa el 9 de julio de 1974, con Zulema La-prida, nieta del presidente del Congreso de Tucumán,
don Francisco Narciso de Laprida. Repartió la docencia con el ejercicio de la
medicina y en 1875 publicó su primer obra: “Lecciones de anatomía”, también
cono-cidas como el “Compendio de
Anatomía, Fisiología e Higiene Humana”. La misma serviría de texto para la
enseñanza secundaria y se editó en la Imprenta del Mercurio, en la ciudad de
Buenos Aires. Fue considerado el
primer manual completo de la materia,
que se publicó en nuestro país.
Para fines de la década del
70, Bialet Massé se radicó en Córdoba, donde el rector de la
Universidad, doctor Manuel Lucero,
(fun-dador de la Facultad de Medicina), lo apoyó para su designación y des-empeño de profesor titular de la cátedra
de Medicina Legal. No acepta el compromiso
inicialmente por considerar insuficiente su formación jurídica, pero
siente un acicate que lo compromete con el estudio del derecho y cursa esta
nueva carrera, en solo veinte meses, en la misma Universidad de Trejo. Se
gradúa de abogado en 1879 .
Recién entonces pasa a constituirse en el fundador y
orienta-dor de la cátedra de Medicina Legal. Ejerciendo esa
cátedra, en 1885 publica un tomo
de las lecciones que impartía. Se titula “Lecciones de medicina aplicada a la
legislación de la República Argentina”, otorgándo-sele por esta obra el primer
premio de la Academia Nacional de Medici-na. Nominado por la Facultad de
Medicina, ese año se le otorga el Gra-do Máximo Dr. Honoris Causa de la
Universidad Nacional de Córdoba.
Como docente universitario, en 1882, representa a la
Univer-sidad Nacional de Córdoba, en el Congreso Pedagógico de 1882, que
prepara y anticipa la sanción de la Ley 1420 de enseñanza laica, común
obligatoria y gratuita.
EL JURISTA.-
Paralelamente
comienza a destacarse en el derecho. En 1880, impresa en la
Imprenta del Interior, aparece fruto de
sus esfuer-zos, una recopilación de fallos del Superior Tribunal de Justicia de
Cór-doba, que es considerada una obra precursora en el ordenamiento de nuestra jurisprudencia. Se hace abogado de
sindicatos.
En 1906, fue designado profesor de la cátedra de Legislación Industrial y
Agrícola, en la Facultad de Derecho de la Provincia de Cór-doba. Esa materia pasó con el tiempo a ser
Legislación Industrial y Obrera y luego
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, lo que hace que se lo reconozca
como el primer profesor de esta materia en América Latina.
El 21 de enero de 1904, Joaquín V. Gonzalez, como Ministro
del Interior de Julio Argentino Roca, en
su segunda presidencia, pro-mueve la designación oficial y por decreto, de
Bialet Massé, para que confeccione un
informe “sobre las condiciones de trabajo y de la población obrera en general,
y en particular de la Argentina”.
Su estudio fue fundamental para el proyecto de
Gonzalez, conservador lúcido y
progresista (rara “avis”), que culminó con la iniciati-va de sancionar la Ley Nacional del Trabajo, un cuerpo
normativo, con estructura de Código, que intentó regular la relación de
trabajo, cuando todavía en el mundo la
legislación social estaba en pañales.
Gonzalez, se apoyó en el informe que a Bialet le
encomenda-ra y éste lo redactó acompañando proyectos de los artículos en muchas
de las instituciones abordadas. Integraron
esa Comisión: Bialet Massé,
Manuel Ugarte, Enrique del Valle Iberlucea, Augusto Bunge, José
Ingenieros, Leopoldo Lugones , Armando Claros y Pablo Storni. También se
recuerda la colaboración especial del doctor Carlos Malbrán, y es indudable que
Joaquín V. Gonzalez, gran constitucionalista, revisó y contribuyó personalmente
en la redacción.
El proyecto, desde
el inicio, contó con el apoyo de Roca, que
consiguió la sanción de la Ley 4409, por la que el Poder Ejecutivo se
encontró autorizado para invertir la suma de veinticinco mil pesos de la
época, en financiarlo.
El cometido de
Bialet Massé, quedaría cumplido con tres to-mos de cuatrocientas páginas cada
uno, con estudios de clima, suelo, poblaciones, organización del trabajo y de
la empresa, estadísticas y exámenes médicos, con lo que se plasmaría el
“Informe sobre el estado de las clases obreras a principio de siglo”. Una obra
clave de la sociolog-ía del trabajo, agotada en nuestro país, a la que sólo se
accede en la actualidad por vía de una
edición española.
Recordaría Luis A . Despontín, que para confeccionar su
in-forme
“Bialet recorre la campaña argentina, en todas sus
direcciones, en trenes de carga, en sulky, a pie, a caballo, en barco; visita
talleres, recorre estancias y establecimientos agrícolas ganaderos, penetra en
tolderías indias, inspecciona obrajes, baja a galerías y socavones mineros,
tala bosques, entra en sus picadas, conoce yerbatales, maneja la pala, se
desempeña en las estibas, trabaja en trilladoras, corta alfalfa, es peón
albañil, ayuda a picapedreros, es testigo de abusos en proveedur-ías. En largo
y penoso peregrinar por mundos apartados, Bialet completa su recorrido sin
tregua, con observaciones acumuladas en más de veinte años de su vida y, como
cirujano en la búsqueda de una solución, pre-senta las llagas del problema en
toda su desnudez”.
Al presentar el Informe al Ministro, en una prosa
comprometi-da y apasionada, Bialet Massé sostenía: “Bien quisiera tener el
talento descriptivo de un Zola, para presentar, palpitantes y vivos, los
sufrimientos y las necesidades de este pueblo, tan abnegado, que son grandes y
muchos; así como los de esas pobres tribus indias, que en poco tiempo pueden
ser traídas a la vida civilizada, contribuyendo con sus cien mil brazos,
irreemplazables, á los menos durante este siglo, para el desarro-llo y la
grandeza de la República, y hoy víctimas del salvajismo, de que no se les puede
hacer responsables, del abandono de su cultura, del desamparo de sus derechos y
de la explotación inhumana de que son objeto; por que creo que ello bastaría
para que el alto criterio de V.E. y de su rectitud surgiera el remedio y las
soluciones que la Constitución ordena y la humanidad impone”.
“No se curan las llagas ocultándolas ó velándolas á la
vista del cirujano, por un pudor mal entendido; es preciso, por el contrario,
presentarlas en toda su desnudez, en su verdad, manifestando sus an-tecedentes
con toda sinceridad, para aplicarles el remedio convenien-te”.
El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo, fue un paso
impor-tante en la formulación y sistematización de la normativa laboral. Es
considerado antecedente de singular
influencia posterior. Con 14
Títu-los y 446 artículos, fue presentado al Congreso de la Nación, el 6 de mayo de 1904.
Este proyecto de ley se adelantó a su tiempo. Aunque un
Congreso signado por el fraude conservador,
nunca demostró voluntad política para sancionarlo.
Tampoco la iniciativa logró el apoyo decidido del
movimiento obrero, que resistió y combatió
en especial el Título XII (arts. 383 a 414), que regulaba los contractos
colectivos de trabajo, el orden público laboral y la penalidad. Esa normativa
terminaba guardando relación con la Ley 4144, (vigente desde 1902), un
instrumento de represión contra los sindicatos, que en manos del poder político
de la época, habría facilitado el resquebrajamiento y la persecución de esas
organizaciones. El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo, fue reiterado en 1906, por la Unión Industrial Argentina y en
1907, por Alfredo L. Palacios.
Si con su informe, este precursor que fue Bialet, construyó
científicamente las bases de la sociología del trabajo, lo cierto es que con
su “Tratado de responsabilidad civil bajo el punto de
vista de los accidentes de trabajo”, dio
nacimiento al moderno derecho de daños.
Esta obra liminar, batalla contra el falso principio de que
no existe responsabilidad sin culpa y lo hace colocando en el centro de la
teoría general a la víctima. Y entre las víctimas, procura defender a una de las
más débiles: el trabajador. Sujeto de
una relación de dominación, en la supuesta enajenación libre de su trabajo.
Si bien Bialet introduce en el país lo mejor del
contractualismo europeo , su batalla la
lleva a cabo desde el Código de Velez Sarsfield, como instrumento operativo del
art. 19 de la Constitución Nacional. Nor-ma
esta última a partir de la cual teoriza sobre la garantía y el deber
seguridad en el contrato de trabajo, al que visualiza antes que nadie,
perfilando el principio de indemnidad
del trabajador, e invocando el
“nemine oficium suum debet esse damnosum”, (a nadie debe perjudicar su
oficio o su trabajo), que reconocía el Digesto. Principio que destaca se ve operativizado por los artículos del Código Civil que hacen responsable al
mandante de los daños sufridos por el mandatario, en ocasión o con motivo de su
quehacer y aquellos otros que determinan que la locación de servicios, se vea regulada por esas disposiciones,
(arts. 1953 y 1954).
Influida por el pensamiento de Bialet Massé, en materia de
in-fortunios de trabajo, la C.S.J.N., fue elaborando una firme doctrina que
vinculó el derecho a la reparación de éstos, a partir de la normativa
re-ceptada por Dalmacio Velez Sarsfield, en el Código Civil.
Pero en forma explícita, tardó casi un siglo nuestra Corte
Su-prema de Justicia de la Nación, en reconocer en forma plena, que el
principio “alterum non laedere”, es de raigambre constitucional a mérito del
art. 19, como enseñaba Bialet y que
tiene plena vigencia en cual-quier rama del derecho.
Por contrapartida, ignorando, contradiciendo y desafiando
la doctrina del más Alto Tribunal nacional, el legislador de 1995, con la Ley
Sobre Riesgos del Trabajo 24.557, construyó un artificioso mecanismo
inconstitucional. Por el mismo se declaró al empleador dañante, libre de toda
responsabilidad, incluso la que proviene por obrar culposo, a mérito de un
seguro, de reparación mezquina. Demostró ese legislador no estar todavía en
condiciones, de haber comprendido a ese precursor que fué Bialet y con ello
incurrió en el pecado de ignorar nuestra historia social.
LA CÁRCEL.
En la “Gran
Enciclopedia Argentina”, Diego Abad de San-tillán, recuerda que Bialet
Massé, ejerció la profesión de
agrimensor. En el “Nuevo Diccionario Biográfico Argentino”, de Vicente Osvaldo
Cutolo, se señala que para optar al cargo de profesor en la Escuela Práctica de
Agricultura de Córdoba, previamente se inscribió como alumno y luego de dar los
exámenes requeridos de todas las
asignaturas, con brillantes notas, se graduó de perito agrónomo. Despontín por
su parte le reconoce el título de ingeniero agrónomo, obtenido en la Escuela
Nacional de Agronomía y Veterinaria de Córdoba.
Estos otros aspectos de su polifacética personalidad, lo
fueron llevando a Bialet Massé, a
constituirse en empresario. Funda y crea en 1884, la
Fábrica de Cales y Cementos “La Primera Argentina”. Sus
pro-ductos son usados en la costrucción de “La Toma” de Córdoba.
Asociado a Felix Funes, en 1886 contrata la construcción
del Dique San Roque y el Riego de los Altos de Córdoba, obra que se finali-za
en 1889.
Llegó a tener a su cargo en esta empresa a siete mil
trabaja-dores.
La obra había sido proyectada por el ingeniero Esteban Du-mesnil,
condiscípulo de Eifel, en la Escuela Politécnica de París. Como director de obra la culminó el ingeniero
Carlos Cassaffousth.
Una feroz campaña de denuncia se llevó a cabo en la Provin-cia
de Córdoba, por supuestos negociados y críticas al proyecto y la eje-cución del
mismo. La investigación que ordena el Gobernador Manuel D. Pizarro, en 1892,
culmina sin que se pudiera demostrar peculado alguno o incompetencia de los
constructores.
Durante ese asonado proceso, conoce la cárcel Bialet
Mas-sé, compartiendo la suerte del Ingeniero Cassaffousth.
Diría en torno a
esta desgraciada experiencia: “Luego la pri-sión y el proceso inicuo. Cuánta
enseñanza en aquella cárcel; el contac-to de la brutalidad y el crimen, del
abuso y la inocencia perseguida, el aprendizaje práctico, clínico del delito y
del derecho penal”.
El juez Antenor De la
Vega, tras trece meses de prisión, ter-mina por declarar inocentes a
Bialet y Cassaffousth, decreta su libertad y ello determina la renuncia del
Gobernador Pizarro.
EL PUBLICISTA.
La labor de Bialet Massé como publicista, fue apuntalando
su accionar en los campos de la medicina, el derecho, la política, la
socio-logía, la agronomía y la
ingeniería.
Son obras de su pluma:
“Compendio de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana”.
“Administración de irrigación y comentario a las leyes de
agua”.
“Las colonias en el interior”.
“La plantación de agodón”.
“Cuatro verdades sobre enseñanza secundaria”. (1900).
“Recopilación de fallos del Superior Tribunal de Justicia
de Córdoba,” “Ordenanza reglamentaria del servicio obrero y doméstico”. (1903).
“Deberes y derechos de los trabajadores”. (1903).
“Tratado de responsabilidad civil en el Derecho Civil Argenti-no bajo el punto de
vista de los accidentes de trabajo”. (Editado por el autor, en Rosario de Santa
Fé, año 1904, en Establecimiento “La
Argen-tina” de Arturo Suarez Pinto, dedicada
“A los miembros de la Comisión Directiva de la Sociedad de Obreros Estibadores
y de Ribera del Puerto del Rosario”.
Dejó inédito un tratado de “Ingeniería legal”, del cual se
publi-caron varios capítulos en la Revista Técnica de Charnoudie.
Su Informe, también conocido como “El estado de las clases
obreras argentinas a comienzos de siglo”. (1904).
“Descanso semanal”. (1904). “El socialismo argentino. El
espíritu de la Ley Nacional del Trabajo”. (1904).
“Primer censo general de población, edificación y recursos
de la Ciudad de Córdoba”. (1906).
EL PENSAMIENTO
SOCIAL Y ECONÓMICO.
En esta hora tan especial de la globalización, el
pensamiento de Bialet Massé, en lo
económico y social, retorna cargado de
adver-tencias y admoniciones. Realza lo nacional para hacerle justicia y
defen-derlo. Y lo hace desde el amor al
obrero criollo, por un lado y por el otro, la desconfianza y la condena al
capital extranjero, denunciando su rol
especulativo y expoliador.
“Uno de los errores más trascendentes en que han incurrido
los hombres de gobierno de la República Argentina, ha sido ocuparse
exclusivamente de atraer el capital extranjero,
rodearlo de todo tipo de franquicias, privilegios y garantías...”
Su denuncia alcanzaba a los gestores locales de su radica-ción, una clase
mandataria, que conformó una burguesía
interesada y corrupta, que hizo y sigue haciendo de la dependencia, su
fuente de ri-queza y poder.
“El capital extranjero no ha mirado al país sino como un
cam-po de explotación pasajera y usuraria; ha entregado las gestiones á
per-sonas que no miran sino el alto dividendo, como medios de asegurar sus
puestos, sin reparar en los procedimientos, cayendo no pocas veces en hacerlo
redundar en provecho propio; que al fin y al cabo el que extrema para otros,
cae en la cuenta de que algo debe quedar para él, y obtiene así dividendos que pudiera duplicarse con
administraciones más racionales. Nada han hecho para mejorar el país, ni
siquiera sus propias industrias; todos ven que el país progresa, pero á pocos
les ocurre preguntar: qué es lo que debiera haber progresado, si esas
administraciones no hubieran estrujado á sus propios obreros, no hubieran
estrujado á la producción, á la que hacen cuanto pueden para no dejarle sino lo
indispensable para que no muera? …
Tampoco deja Bialet Massé de señalar el rol de la
oligarquía ganadera, que se refugió en el latifundio, como último recurso, de
conso-lidación de sus privilegios. “El resultado de este error, es, por un
lado, que el capital del país, supeditado por el extranjero, se ha retraído de
las empresas industriales, escarmentado cuando se ha metido en ellas; que se ve
acusado de falta de patriotismo y de usurero, sin mirar que una usura mucho
mayor impone el de afuera; y el de adentro se invierte en terrenos, acumulando
inmensas zonas, ó mestizando por millones de cabezas de ganados, porque en esto
encuentra seguridad y recompensa”.
Por contrapartida,
colocó al trabajador argentino, al que estu-dió como nadie, en este plano de
consideración:
“Del otro lado, el obrero criollo, menospreciado, tildado
de in-capaz, se ve como un paria en su tierra, trabajando más, haciendo traba-jos
en los que es irremplazable, y percibiendo un salario como para no morirse, y
sufre que en un mismo trabajo, se le dé un jornal inferior, por-que es criollo,
á pesar de su superior inteligencia, de su sobriedad y su adaptación al medio,
que le permite desarrollar energías extraordinarias y demostrar resistencias
increíbles”.
Bialet Massé, falleció el 22 de abril de 1907. Su pensamiento, se adelantó en mucho a la
época en que vivió. Mantenemos con él,
una deuda de reconocimiento. Entre sus méritos se destaca el de haber sido el
primer doctrinario del derecho social americano.
En una hora signada por la falta de memoria social e
insensi-bilidad por la suerte de los trabajadores, nos resulta importante y signi-ficativo recordarlo.
III.JUAN
BIALET MASSÉ Y UN SIGLO DE DOCTRINA
JUSLABORALIST
Publicado en revista La Ley, Buenos Aires, 14 de febrero de
2002, año LXVI, n° 32
LOS ORÍGENES.
La doctrina del derecho del trabajo argentino tiene sus
orígenes en la obra de un catalán, representativo de la segunda mitad del siglo
XIX, profundamente conmovido por la cuestión social.
Juan Bialet Massé, nació en Mataró, en la Costa Brava del
Levante de Cataluña, el 19 de diciembre de 1846.
Al poco tiempo, las revoluciones sociales recorrieron a las
principales naciones europeas, comenzando en la ciudad luz, París, en 1848,
siendo todas ellas sofocadas a sangre y
fuego.
El proletariado, desde entonces, se transformaría en el
nuevo protagonista de la historia y los ecos de esos hechos políticos,
constituirían la matriz ideológica que influiría en la formación cultural de
sus representantes.
En España, fue en Cataluña donde ese proletariado naciente,
dio los primeros pasos para su organización. En Barcelona, el 18 de junio de
1870, se lleva a cabo el Primer Congreso Obrero Español. Asistieron 89
delegados, de los cuales, 74 eran representantes de los sindicatos catalanes,
lo que habla del poderío y desarrollo alcanzado por el movimiento obrero en esa
zona.
En la organización habían
participado 149 sociedades obreras. El Congreso adhirió a la Primera
Internacional y de allí nació la Federación Regional Española de la A.I.T.
Se estima que en
1872, la Federación Regional Española tenía entre veinticinco mil y treinta mil
afiliados, agrupados en cien federaciones locales. Barcelona contaba con más de
diez mil (una tercera parte). Y Mataró, el pueblo natal de Bialet Massé, unos
mil afiliados.[2]
LOS ESTUDIOS DE MEDICINA Y SU COMPROMISO FEDERAL Y
REPUBLICANO.
Bialet Massé se recibió de médico, cursando sus estudios en
la Facultad de Medicina de la Universidad de Madrid. Complementó esos estudios,
asistiendo a las clases de Filosofía de la Historia, de Emilio Castelar, y
participó de los movimientos cívicos y estudiantiles que culminaron con la
revolución de 1868.
Se acercaban los tiempos de la Comuna de París (18 de marzo
de 1871) y durante ella los comuneros proclamaban:
"Este es el fin del viejo mundo gubernamental y
clerical, del militarismo, del funcionarismo, de la explotación, de los
monopolios, de los privilegios, a los que el proletariado debe su servidumbre y
la patria sus desdichas y sus desastres.... En cuanto a nosotros, ciudadanos de
París, tenemos la misión de realizar la revolución moderna, la más grande y la
más fecunda de todas aquellas que han iluminado la historia". [3]
La represión que sufrió ese movimiento revolucionario, que
radicalizó la apuesta democrática, hacia el igualitarismo, fue salvaje. El jefe
de la justicia militar anunció que se habían fusilado 17.000 comuneros; pero,
probablemente, ellos fueran más de 20.000.[4]
Para ese entonces, España, una de las naciones más
atrasadas de
Europa, pugnaba por entrar en la modernidad, y con el
destronamiento de Isabel II, tras el interregno de la monarquía constitucional
de Amadeo de Saboya, se produciría el intento de constituir la Primera
República Española. Bialet Massé, joven médico, partidario de Castelar,
ejercería como cirujano en los ejércitos republicanos.
La proclamación de la República se produciría el 11 de
febrero de 1873 y sobrevendría una corta experiencia de once meses.
EL EXILIO.
Con la frustración de la República, Bialet Massé conocería
la persecución política y procuraría refugio en nuestro país que, para
entonces, invitaba a todos los “hombres del mundo”, a vivir al amparo de las libertades y derechos que la Constitución
de 1853 había consagrado. Las mismas libertades y derechos por las que él venía
luchando.
Como muchos otros europeos, llegaba con su bagaje de
fracasos y esperanzas. Formaba parte de una generación de exiliados políticos,
que introdujo en nuestras tierras, las ideologías que conmovían a lo mejor de
la intelectualidad no comprometida con un orden conservador e injusto.
Tal como lo hicieran Germán Ave Lallemant, Pietro Gori o
Enrico Malatesta, trabajaría en el apoyo e impulso de las organizaciones
obreras, incipientes manifestaciones de un sindicalismo que, en todo el mundo,
comenzaba a superar la censura y la represión.
Bialet Massé, sería un exponente de la experiencia
catalana. De su federalismo republicano y de la intensidad con que se dieron,
en los albores del desarrollo del movimiento obrero español, el debate entre
marxistas y bakuninistas.
En la Argentina vería reproducirse aquello de lo que fue
testigo en su juventud.
LA DOCENCIA Y LA MEDICINA COMO MEDIOS DE VIDA.
Llega a nuestro país en 1873, cuando los ecos de la Comuna no se habían
acallado y la experiencia republicana española naufragaba en el mar de sus contradicciones.
Para ganarse la vida, ejerció la docencia. Lo hizo primero
en la enseñanza secundaria, como profesor de anatomía, en los Colegios
Nacionales de Mendoza, La Rioja y San Juan. Rápidamente se destaca. Logra ser
vice rector del primero y rector de los otros dos.
Se casa el 9 de julio de 1874, en San Juan, con Zulema
Laprida, nieta del presidente del
Congreso de Tucumán, don Francisco Narciso de Laprida.
Repartió la docencia con el ejercicio de la medicina, y en
1875, publica su primer obra: Lecciones de anatomía, también conocida como el
Compendio de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana[5], que serviría de texto
para la enseñanza secundaria. Fue considerado el primer manual completo de la
materia que se publicó en nuestro país.
En el año 1877 se radicó en Córdoba, donde el rector de la
Universidad, doctor Manuel Lucero (quien
fundara la Facultad de Medicina), lo propone para el desempeño, como titular,
de la cátedra de Medicina Legal.
Considera Bialet Massé insuficiente su formación jurídica,
pero siente un acicate que lo compromete con el estudio del derecho y cursa
esta nueva carrera, en sólo veinte meses, como alumno de la Universidad de
Trejo, graduándose de abogado en el año 1879.
Sólo entonces, superado el escollo, acepta la proposición que antes se le
había formulado y pasa a ser quien funda y orienta la cátedra de Medicina
Legal.
Desde el ejercicio de
esa cátedra, en 1885, publica un tomo de las lecciones que
impartía. Se titula: Lecciones de medicina aplicada a la legislación de la
República Argentina. Por esta obra, recibe el primer premio de la Academia
Nacional de Medicina. Nominado por la Facultad de Medicina, ese año, se le
otorga el Grado Máximo Dr. Honoris Causa de la Universidad Nacional de Córdoba.
[6]
LA ACTIVIDAD EMPRESARIA Y LA CÁRCEL.
Tuvo, Bialet Massé, una vida plasmada en las más diversas
actividades; y en todas las que emprendió, se destacó.
Incursionó en la política comunal y fue electo Concejal por
la ciudad de Córdoba, en el año 1883, llegando a presidir el Consejo y
participa en la compra del sistema de agua corriente y gas para esa capital
provincial.[7]
Se enorgullecía de haber sido "industrial y empresario
constructor de las obras de riego de Córdoba".
Diego Abad de Santillán, en la "Gran Enciclopedia
Argentina", recuerda que Bialet
Massé ejerció la profesión de agrimensor. Por su parte, Vicente Osvaldo Cutolo,
en el “Nuevo Diccionario Biográfico Argentino”, escribe, que para optar al
cargo de profesor en la Escuela Práctica de Agricultura de Córdoba,
previamente, se inscribió como alumno, y luego de dar los exámenes requeridos
de todas las asignaturas, con brillantes notas, se graduó de perito agrónomo.
Despontín le reconoce el título de ingeniero agrónomo,
obtenido en la Escuela Nacional de Agronomía y Veterinaria de Córdoba. [8]
Estos aspectos de su
polifacética personalidad, lo fueron llevando
a constituirse en industrial. Funda y crea, en 1884, la Fábrica de Cales
y
Cementos “La Primera Argentina”. Sus productos son usados
en la construcción de “La Toma”, de Córdoba.
Más tarde, en 1886, asociado a Felix Funes, contrata la
construcción del Dique San Roque y el Riego de los Altos de Córdoba, obra que
se finaliza en el año 1889. Para comprender la importancia de dichas obras,
valoremos que, como empresario de las mismas, tuvo a su cargo a siete mil
trabajadores.
El dique San Roque había sido proyectado por el ingeniero
Esteban Dumesnil, condiscípulo de Eifel en la Escuela Politécnica de París.
Como director de obra, el ingeniero Carlos Casaffousth
concretó el proyecto. Bialet se transformó en su principal colaborador y el
empresario a cargo de la construcción.
En el contexto y con el antecedente del enfrentamiento que
tuvieran Roca y Juárez Celman, especialmente duro en Córdoba e incentivado por
los efectos de la revolución de 1890, una feroz campaña de denuncias se llevó a
cabo en la provincia, por supuestos negociados y críticas al proyecto y la
ejecución de dicho dique.
Nada se probó en la investigación que ordenara el Gobernador
Manuel
D. Pizarro, arrastrado por la contienda. De esas
investigaciones, dice Héctor José Iñigo Carrera: “Muestrarios completos de
mentiras y estupideces –que aún dichas en estilo leguleyo siguen siendo tales-
integran el volumen de términos acusatorios con que se los abruma. ¡Es un
escándalo tan grande como el de Dreyfus, pero sin un defensor como Zola!
Perseguido, humillado y encarcelado, Bialet no pierde su fibra catalana. Se
defiende como un león y se da el lujo de poner a sus calumniadores en ridículo,
dándoles lección tras lección y aceptando la experiencia como oportunidad para
aprender derecho penal práctico. Escrito por escrito y alegato por alegato,
Bialet acumula alrededor de ochocientas páginas llenas de superior ironía y
lástima por los acusadores”.[9] En el año 1892, la investigación penal culmina
sin que se pudiera demostrar peculado alguno o incompetencia de los
constructores.
A consecuencia de todo ello, durante ese asonado proceso,
conocen la cárcel Bialet Massé y el Ingeniero Cassaffousth.[10]
Diría, a raíz de esta desgraciada experiencia: “Luego la
prisión y el proceso inicuo. Cuánta enseñanza en aquella cárcel; el contacto de
la brutalidad y el crimen, del abuso y la inocencia perseguida, el aprendizaje
práctico, clínico del delito y del derecho penal”.
Tras trece meses de prisión, el Juez Antenor de la Vega,
termina declarando la inocencia de Bialet y Cassaffousth y decreta sus
libertades. Ello determina la renuncia del Gobernador Manuel Demetrio Pizarro,
comprometido políticamente en los hechos.
EL JURISTA.
En lo que atañe al saber jurídico, la tarea creadora de
Bialet Massé, comienza a poco de
recibido de abogado, en el año 1880, cuando aparece, fruto de sus esfuerzos,
una recopilación de fallos del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, que es
considerada una obra precursora en el ordenamiento de nuestra jurisprudencia.
[11]
Como abogado, asesora distintas organizaciones obreras.
Dedica una de sus obras, quizás la de mayor significación jurídica, a los
"Miembros de la Comisión Directiva de la Sociedad Obreros Estibadores y de
Ribera del Puerto de Rosario".
Su relación con ese sindicato, lo lleva a representarlo como delegado en
el Congreso Constituyente de la Unión General de Trabajadores, que se celebra
en la primer quincena de marzo de 1903, en el Salón Vorwarts. Asisten al mismo,
75 representantes de organizaciones obreras de todo el país.
Con el tiempo, ya en 1906, fue designado profesor de la
cátedra de
Legislación Industrial y Agrícola, en la Facultad de
Derecho de la
Provincia de Córdoba. Esa materia se denominó,
posteriormente,
Legislación Industrial y Obrera, y luego, Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social. Por tal motivo, se lo reconoce como el primer profesor de
esta materia en América Latina. [12]
Su obra como publicista en el derecho, es fructífera. Haremos un breve
comentario de tres de los libros de su pluma, que sientan las bases de la
doctrina juslaboralista argentina. [13]
“PROYECTO DE UNA ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL SERVICIO
OBRERO Y DOMÉSTICO DE ACUERDO CON LA
LEGISLACIÓN Y TRADICIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”.
En esta obra, el autor formula el primer intento de
sistematizar al contrato de trabajo, en el derecho positivo americano. La
escribió en 1901, hace ya un siglo. [14]
Se trata de un libro de 270 páginas, con notas
introductorias de Víctor M. Molinas, Roque Saenz Peña y Ponciano Vivanco,
dividido en 16 capítulos, en los que va fundando un complejo cuerpo normativo
de 121 artículos.
Cuando aún la doctrina mundial, no osaba perfilar la tipicidad imperativa
del contrato de trabajo, el instituto jurídico más importante de la era
moderna, Bialet proponía al legislador argentino, un complejo plexo de normas
para regularlo.
Lo hizo dando la misma protección legal al trabajo en los
talleres, que al propio de los
quehaceres domésticos y de los trabajadores rurales.
Estas dos últimas categorías (domésticos y rurales),
todavía hoy, siguen siendo objeto de un tratamiento a la baja, que les niega
los magros niveles de protección que consagra la Ley de Contrato de Trabajo.
[15]
Teorizó Bialet Massé sobre la naturaleza jurídica del
contrato de trabajo, sosteniendo: “Si el trabajo es sólo una energía
enajenable, dada, por el obrero, la energía que ha enajenado y pagado el
precio, ninguna relación queda entre patrón y obrero; como no queda entre la
Empresa de Electricidad, cuando ha dado la energía contratada, y el precio le
ha sido pagado….”. [16]
Recorría, década antes, la misma línea argumental que
Francesco Carnelutti, relacionando al contrato de trabajo con la compraventa de
energía.[17]
Y precisaba:
“El trabajo, en verdad, no es más ni menos que otro valor enajenable,
que compra el que lo necesita, que vende el que lo tiene, que está sujeto como
todo valor a las oscilaciones de la oferta y la demanda; que varía desde el
empuje bruto, sin arte ni habilidad alguna, hasta el empleo de las operaciones
intelectuales más elevadas del ingeniero”. [18]
Y en función de esas precisiones, reclamaba para el
contrato de trabajo una conceptualización a distancia de la locación de
servicios, señalando que el hombre libre no se alquila y que sus servicios son
apropiados, por el empleador. Que éste no devuelve al bien apropiado a mérito
de locación alguna.[19]
No dejó, Bialet Massé, institución importante del futuro
derecho del trabajo sin tratar. El preaviso, la indemnización por el despido
incausado, la enfermedad inculpable, el descanso dominical, el pago de salarios
en moneda nacional, la reglamentación del trabajo de mujeres y niños; son
institutos regulados en su proyecto, y desarrollados teóricamente. Reconoció a
la huelga como un derecho y propuso reglamentarla.[20]
Cuando aún los ecos del proceso y ejecución de los mártires
de Chicago no se habían acallado, bregó por la jornada máxima legal de ocho
horas y rescató la legislación de Indias como antecedente.[21]
“TRATADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN DERECHO
ARGENTINO BAJO EL PUNTO DE VISTA DE LOS ACCIDENTES DE
TRABAJO”. [22]
Con esta obra dio nacimiento al moderno derecho de daños
argentino. Desde lo laboral, supo introducir los conceptos de la
responsabilidad por riesgo profesional, que con el tiempo, se proyectarían
hacia el riesgo de empresa, autoridad, creado y social.
Este Tratado, libra batalla contra el falso principio de
que no existe responsabilidad sin culpa, y lo hace, colocando en el centro de
la teoría general a la víctima. Y entre las víctimas, a una de las más débiles:
el trabajador. Sujeto de una relación de dominación, en la supuesta enajenación
libre de su trabajo.
Actualizado y sensible a las nuevas corrientes jurídicas,
Bialet Massé introduce en el país al contractualismo europeo.[23] Expone con
claridad inigualable, al deber de seguridad en el contrato de trabajo.
Y todo ello lo hace reivindicando al Código de Vélez
Sarsfield, como instrumento operativo del art. 19 de la Constitución Nacional.
Conceptualiza, antes que nadie, al principio de indemnidad
del trabajador, e invoca el “nemine oficium suum debet esse damnosum” (a nadie
debe perjudicar su oficio o su trabajo), que reconocía el Digesto.
A este principio fundante del derecho del trabajo,
inspirador de la doctrina del riesgo, lo encuentra operativizado por los
artículos del Código Civil, que declaran responsable al mandante por los daños
que padece el mandatario, en ocasión o
con motivo de su quehacer y aquellos otros que determinan que la locación de
servicios, se vea regulada por esas disposiciones (arts. 1953 y 1954).
Fueron sus posiciones las que influyeron para que en 1916
la C.S.J.N., reconociera la responsabilidad contractual del empleador en la
reparación de los infortunios del trabajo, con independencia de una conducta
ilícita (delictual o cuasi delictual) del responsable, como lo hiciera en el
caso “Monreal de Lara de Hurtado c/ Estado Nacional”.[24] Tardó casi un siglo,
nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en reconocer, en forma plena,
que el principio “alterum non laedere”, es de raigambre constitucional a mérito
del art. 19, como enseñaba Bialet, y que tiene plena vigencia en cualquier rama
del derecho. [25]
Por contrapartida, el legislador de 1995, con la sanción de
la Ley Sobre Riesgos del Trabajo 24.557, construyó un artificioso mecanismo
inconstitucional, que declara al empleador dañante, libre de toda
responsabilidad, incluso la que proviene por culpa, a mérito de un seguro de
reparación mezquina. Demostró ese legislador, no estar todavía en condiciones
de comprender a ese precursor que fue Bialet Massé, y con ello, incurrió
también en flagrante inconstitucionalidad. “INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS
CLASES OBRERAS ARGENTINAS A COMIENZOS DE SIGLO”.
El 21 de enero de 1904, Joaquín V. González, como Ministro
del Interior de Julio Argentino Roca, en
su segunda presidencia, promueve la designación oficial y por decreto, de
Bialet Massé, para que confeccione un informe “sobre las condiciones de trabajo
y de la población obrera en general, y en particular de la Argentina”.[26]
Su propuesta era fundamental para el proyecto de este
conservador lúcido y progresista (“rara avis”), que culminó con la iniciativa
de sancionar la Ley Nacional del Trabajo, un cuerpo normativo, con estructura
de Código, que intentó regular la relación de trabajo, cuando todavía en el mundo, la legislación social estaba en
pañales.
González tomó como base el informe que a Bialet Massé le
encomendara, y éste lo redactó, acompañando proyectos de los artículos en
muchas de las instituciones abordadas.
Integraron la Comisión que redactó el proyecto de Ley
Nacional del
Trabajo: Juan Bialet Massé,
Manuel Ugarte, Enrique del Valle
Iberlucea, Augusto Bunge, José Ingenieros, Leopoldo
Lugones, Armando Claros y Pablo Storni. También se recuerda la colaboración
especial del doctor Carlos Malbrán. Y es indudable que Joaquín V. González,
gran constitucionalista, revisó y contribuyó personalmente en la redacción.[27]
El Informe de Bialet Massé fue presentado en tres tomos de
cuatrocientas páginas cada uno, con estudios de clima, suelo, poblaciones,
organización del trabajo y de la empresa, estadísticas y exámenes médicos.
El Informe sobre el estado de las clases obreras a
principio de siglo, es una obra clave de la sociología del trabajo, agotada en
las ediciones de nuestro país, a la que en la actualidad se accede por vía de
una edición española.[28]
Luis A. Despontín recordaría, que para confeccionar su
informe, “Bialet recorre la campaña argentina, entra en todas sus direcciones,
en trenes de carga, en sulky, a pie, a caballo, en barco; visita talleres,
recorre estancias y establecimientos agrícolas ganaderos, penetra en tolderías
indias, inspecciona obrajes, baja a galerías y socavones mineros, tala bosques,
entra en sus picadas, conoce yerbatales, maneja la pala, se desempeña en las
estibas, trabaja en trilladoras, corta alfalfa, es peón albañil, ayuda a
picapedreros, es testigo de abusos en proveedurías. En largo y penoso
peregrinar por mundos apartados, Bialet completa su recorrido sin tregua, con
observaciones acumuladas en más de veinte años de su vida y, como cirujano en
la búsqueda de una solución, presenta las llagas del problema en toda su
desnudez”.[29]
El informe es elaborado en menos de tres meses, habiendo
recorrido el autor, en ese ínterin, las provincias de Santa Fe, Córdoba, Entre
Ríos, Corrientes, Chaco, Tucumán, La Rioja, Salta y Jujuy. Finalmente, es
elevado al Ministro del Interior, el 30 de abril de 1904.
Al presentar el Informe al Ministro, en una prosa
comprometida y apasionada, Bialet Massé sostuvo: “Bien quisiera tener el
talento descriptivo de un Zola, para presentar, palpitantes y vivos, los
sufrimientos y las necesidades de este pueblo, tan abnegado, que son grandes y
muchos; así como los de esas pobres tribus indias, que en poco tiempo pueden
ser traídas a la vida civilizada, contribuyendo con sus cien mil brazos,
irreemplazables, á los menos durante este siglo, para el desarrollo y la
grandeza de la República, y hoy víctimas del salvajismo, de que no se les puede
hacer responsables, del abandono de su cultura, del desamparo de sus derechos y
de la explotación inhumana de que son objeto; por que creo que ello bastaría
para que el alto criterio de V.E. y de su rectitud surgiera el remedio y las
soluciones que la Constitución ordena y la humanidad impone”.
“No se curan las llagas ocultándolas ó velándolas á la
vista del cirujano, por un pudor mal entendido; es preciso, por el contrario,
presentarlas en toda su desnudez, en su verdad, manifestando sus antecedentes
con toda sinceridad, para aplicarles el remedio conveniente”
El Proyecto de Ley Nacional del Trabajo se adelantó a su
tiempo, aunque un Congreso signado por la ideología conservadora, nunca llegó a
sancionarlo. Sin embargo fue un paso importante en la formulación y
sistematización de la posterior legislación social. Es considerado antecedente de singular influencia posterior.
Con 14 Títulos y 446 artículos, fue presentado al Congreso de la Nación, el 6 de mayo de 1904. Se lo ha
invocado permanentemente en el derecho comparado latino.[30]
Pese a que en su redacción contribuyeron importantes
figuras de la izquierda de la época, la iniciativa tampoco logró el apoyo
decidido del movimiento obrero. Los sindicatos resistieron en el proyecto de
ley, en especial, el Título XII (arts. 383 a 414), que regulaba los contractos
colectivos de trabajo y el orden público laboral y la penalidad. Esa normativa
guardaba relación con la Ley 4144 (vigente desde 1902), un instrumento de
represión contra los sindicatos, que en manos del poder político de la época,
habría facilitado el resquebrajamiento y la persecución de esas organizaciones.
El Proyecto de Ley Nacional del
Trabajo, fue reiterado en
1906 por la Unión Industrial Argentina y en 1907, por Alfredo L.
Palacios. [31]
VIGENCIA ACTUAL DE SU PENSAMIENTO.
Transcurrido un siglo, el pensamiento de Bialet Massé, en lo económico y social, retorna
cargado de advertencias y admoniciones. Nos sigue resultando actual y lúcido.
Defiende lo nacional, en la patria que lo cobijó. Y lo hace
con un profundo respeto al trabajador argentino, a la par que critica duramente
al capital extranjero, denunciando su rol especulativo y expoliador. Y señala a
fuego la complicidad de los gobiernos locales.[32]
Y la denuncia alcanzaba a los gestores locales de su
radicación, una clase mandataria que conformó una burguesía interesada y corrupta, que hizo y sigue
haciendo de la dependencia, su fuente de riqueza y poder.
“El capital extranjero no ha mirado al país sino como un
campo de explotación pasajera y usuraria; ha entregado las gestiones á personas
que no miran sino el alto dividendo, como medios de asegurar sus puestos, sin
reparar en los procedimientos, cayendo no pocas veces en hacerlo redundar en
provecho propio; que al fin y al cabo el que extrema para otros, cae en la
cuenta de que algo debe quedar para él, y obtiene así dividendos que pudiera duplicarse con
administraciones más racionales. Nada han hecho para mejorar el país, ni
siquiera sus propias industrias; todos ven que el país progresa, pero á pocos
les ocurre preguntar: qué es lo que debiera haber progresado, si esas
administraciones no hubieran estrujado á sus propios obreros, no hubieran
estrujado á la producción, á la que hacen cuanto pueden para no dejarle sino lo
indispensable para que no muera? …”
Y al mismo tiempo no dejó de señalar el rol de la
oligarquía ganadera, que se refugió en el latifundio como último recurso de
consolidación de sus privilegios. “El resultado de este error, es, por un lado,
que el capital del país, supeditado por el extranjero, se ha retraído de las
empresas industriales, escarmentado cuando se ha metido en ellas; que se ve
acusado de falta de patriotismo y de usurero, sin mirar que una usura mucho
mayor impone el de afuera; y el de adentro se invierte en terrenos, acumulando
inmensas zonas, ó mestizando por millones de cabezas de ganados, porque en esto
encuentra seguridad y recompensa”.
Por contrapartida,
proponiendo leyes para su protección, escribió del trabajador argentino, al que
estudió como abogado, médico e ingeniero:
“Del otro lado, el obrero criollo, menospreciado, tildado
de incapaz, se ve como un paria en su tierra, trabajando más, haciendo trabajos
en los que es irremplazable, y percibiendo un salario como para no morirse, y
sufre que en un mismo trabajo, se le dé un jornal inferior, porque es criollo,
á pesar de su superior inteligencia, de su sobriedad y su adaptación al medio,
que le permite desarrollar energías extraordinarias y demostrar resistencias
increíbles”.
Fue Bialet Massé un intelectual, enamorado de la cultura,
que demostró al mismo tiempo ser un hombre de acción.
Desde su republicanismo catalán y sus profundas
convicciones democráticas, conoció, estudió, respetó y criticó las ideologías
socialista y anarquista y extrajo de ellas aportes importantes para la
legislación social argentina.
Se le critica su colaboración con el régimen conservador, y
al mismo tiempo, su falta de compromiso con la política de partidos.
Sus aportes hechos a los gobiernos de la Argentina conservadora
y el privilegio, son de por sí denunciantes y críticos.
No era un revolucionario, era un reformista profundo y
comprometido con los intereses más postergados del país, que no renegaba de la
democracia, y llenaba los contenidos de ella con los valores que el
constitucionalismo social, décadas más tarde haría suyos.[33]
Bialet Massé falleció el 22 de abril de 1907. Se adelantó en mucho a su época y sentó las
bases de una disciplina jurídica que todavía se encuentra en gestación. Cargada
de contradicciones, comprometida por su ambigüedad, y sin embargo, el único
instrumento hábil para arribar a una justicia social impostergable.
________________________________________
[1]
Véase del autor de este trabajo, Juan Bialet
Massé, primer doctrinario del derecho social en América, publicado en revista
Doctrina Laboral, Errepar, Buenos Aires, junio del 2001, año XVI, n° 190, tomo
XV, pág. 569 y ss.
[2]
Ver: La Primera Internacional en España, de
Josep Tormes, en Historia del Movimiento Obrero, fascículos del Centro Editor,
tomo II, pág. 193 y ss.
[3]
Declaración de la Comuna, al Pueblo Francés, del
1° de abril de 1871.
[4]
"Quedaron en prisión 36.000 insurrectos,
sometidos, por la vigencia del estado de sitio, a la justicia militar. Los
cuatro consejos de guerra existentes resultaron insuficientes y se crearon 22
consejos complementarios que funcionaron a un ritmo acelerado entre 1872 y
1873. Ellos llevaron a cabo una parodia de justicia que dejó como saldo más de
13.700 condenados a muerte, trabajos forzados, deportación, reclusión etc.,
entre ellos, 170 mujeres y 60 niños menores de 16 años". La comuna de
Paris, por Susana Belmartino, en obra: Historia del
Movimiento Obrero, fascículos de Centro Editor, tomo II,
pág 65 y ss.
[5]
Se edita en Buenos Aires, en la imprenta del
Mercurio, sita en la calle Potosí.
[6]
Como docente universitario, en 1882, representa
a la Universidad Nacional de Córdoba, en el Congreso Pedagógico que ese año
prepara y anticipa la sanción de la Ley 1420 de enseñanza laica, común,
obligatoria y gratuita. En 1905, a propuesta de Joaquín V. Gonzalez, se le
ofrece a Bialet Massé y éste rechaza, la designación de rector de la
Universidad Nacional de La Plata.
[7]
Fuente: Investigación de Norberto Huber,
Biografía de Dr. Juan Bialet Massé, a
consultar en página web: www.geocities.com.
[8]
Ver: Juan Bialet Massé: precursor del derecho
del trabajo en la República, por Luis
A. Despontín, en Gaceta del Trabajo, año 1952, tomo 22, pág 1, presentado
en la Academia Nacional de Derecho, al incorporarse el autor, ocupando el
sillón “Juan Bialet Massé”.
[9]
Véase Héctor José Iñigo Carrera, Juan Bialet
Massé, una batalla por el desarrollo y la justicia social, en Todo es Historia
en América y el mundo, suplemento n° 20.
[10] El
ingeniero Carlos Cassaffousth acaba
suicidándose, destruido por la campaña que se había llevado en su contra.
Bialet durante años reivindicó su memoria, demostrando lo infundado de las
acusaciones y reclamando el justo reconocimiento.
[11] Impresa
en la Imprenta del Interior, se trata de una ordenada y escrupulosa
recopilación de fallos civiles.
[12] Lo
han reconocido como precursor y primer
profesor de derecho del trabajo en América, entre otros: Unsain, Anastasi,
Rietti, Tissembaum, Saavedra Lamas y Despontín.
[13] Hemos
podido registrar además de las mencionadas y comentadas en este trabajo las
siguientes obras de su pluma:
- Compendio
de Anatomía, Fisiología e Higiene Humana.
- Administración
de irrigación y comentario a las leyes de agua.
- Las
colonias en el interior.
- La
plantación de algodón.
- Cuatro
verdades sobre enseñanza secundaria. (1900).
- Deberes
y derechos de los trabajadores. (1903).
- Dejó
inédito un tratado de “Ingeniería legal”, del cual se publicaron varios
capítulos en la Revista Técnica de Charnoudie.
- Descanso
semanal. (1904).
- Administración
de irrigación y Comentarios a la leyes agrarias. (1904).
- El
socialismo argentino. El espíritu de la Ley Nacional del Trabajo. (1904).
- Informe
sobre la creación de Colonias Nacionales Algodoneras. (1905).
- Recopilación
del censo general de población, edificación, comercio, industria, ganadería y
agricultura de la Ciudad de Córdoba. (publicado en 1910)
[14] La
publica en una edición del autor, en Rosario de Santa Fé, en el año 1902, en la
imprenta de Wetzel y Buscaglione.
[15] En
su Proyecto de Reforma de la Ley de Contrato de Trabajo, presentado en 1986, a
la Cámara de Diputados de la Nación, el autor de este trabajo, siguió el
criterio adoptado por Bialet Massé.
[16] Juan
Bialet Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y
doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República Argentina, Tip. de Wetzel y Buscaglione, Rosario de
Santa Fe, 1902, pág. 58.
[17] Carnelutti escribió su tesis doctoral sobre la
compraventa de energía eléctrica, y décadas más tarde, estudiando al contrato
de trabajo, al que consideraba el más importante y representativo de la época
moderna, hizo el paralelo entre la venta de energía eléctrica y la venta de
energía humana.
[18] Juan
Bialet Massé, “Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y
doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República
Argentina”, Rosario de Santa Fe, Tip. de Wetzel y Buscaglione, 1902, pág. 48.
[19] Dice:
“Como consecuencia de estas premisas, resulta que tan anacrónico e ilógico es
conservar el título de locación de servicios, porque el hombre libre no se
alquila, ni los servicios son alquilables, porque ellos se dan a la persona que
los paga o recibe”.
“La idea
del alquiler lleva consigo la de la devolución de la cosa alquilada, después
que ha sido gozada por el inquilino y los servicios no pueden devolverse sino
adheridos a la cosa en que se han puesto o por otros iguales”. Juan Bialet
Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y doméstico
de acuerdo con la legislación y tradiciones de la República Argentina, Rosario
de Santa Fe, Tip. de Wetzel y Buscaglione, 1902, pág. 49.
[20] Proyecta:
“Art. 44.- Los obreros contratados por libreta no podrán declararse en huelga,
sino después de terminados sus contratos, y durante los contratos en los casos
previstos en esta ordenanza”.
“Los que no estuviesen contratados por libreta
no tienen impedimento para declararse en huelga, cuando les convenga, pero no
tienen derecho ellos ni sus patrones de acudir al tribunal arbitral para que
resuelva sus diferencias con carácter general, si no han llenado previamente
este requisito”. Juan Bialet Massé, Proyecto de una ordenanza reglamentaria del
servicio obrero y doméstico de acuerdo con la legislación y tradiciones de la
República Argentina, Tip. de Wetzel y
Buscaglione, Rosario de Santa Fe, 1902, pág. 192.
[21] Señala:
“Debemos aún tomar cuenta de otras leyes muy importantes, las del título 6,
libro 3° de la Recopilación de Indias”.
“La
primera, la 6ª. dictada por Felipe II en 20 de Diciembre de 1593 esto es, hace
más de tres siglos, por ser la primera vez en el mundo histórico en que se fijó
la jornada oficial, para el trabajo en las horas públicas LA JORNADA DE OCHO
HORAS, que creen haber inventado hoy los anarquistas y socialistas modernos;
merece ser copiada a la letra:”
“Todos los obreros trabajarán ocho horas cada
día, cuatro a la mañana y cuatro a la tarde, en las fortificaciones y fábricas
que se hicieren, repartidas a los tiempos más convenientes para librarse del
rigor del sol más o menos lo que a los
ingenieros pareciere, de forma que no faltando un punto de lo posible, también
se atienda a procurar su salud y conservación”.
“Además, los
sábados debían dejar el trabajo una hora antes para ser pagados, lo que debía
hacerse con nómina y en mano propia (ley12)”.
Y comenta más adelante: “Lo que llevamos dicho no quita un
ápice a que seamos ardientes partidarios de la jornada de ocho horas; al
contrario somos entusiastas de ella, porque distribuye la vida del obrero de la
manera más racional posible. La copla popular en Inglaterra: Ocho horas de
trabajo, ocho horas de alegría; Ocho horas de descanso, y ocho chelines al
día”, es su expresión más sencilla y pintoresca”. Juan Bialet Massé, Proyecto
de una ordenanza reglamentaria del servicio obrero y doméstico de acuerdo con
la legislación y tradiciones de la República Argentina, Tip. de Wetzel y Buscaglione, Rosario de
Santa Fe, 1902, pág. 61.
[22] Editado
por el autor, en el año 1904, en Rosario de Santa Fe, en el Establecimiento
"La Argentina", de Arturo Suárez Pinto. Esta obra fue dedicada al
sindicato que nucleara a los estibadores del puerto de Rosario.
[23] Sainctelette
publicó su Responsabilité et garantie, en Bruselas en 1884 y por su parte
Sauzet, dio a conocer su monografía Responsabilité des patrons vis a vis des
ouvries, en Francia, en Revue Critique, en el año 1883.
[24] Ver:
C.S.J.N. Fallos T. CXXIV, pág. 329 y ss.
[25] A
partir de 1986 la CSJN sentó doctrina, en forma clara, reconociendo la
raigambre constitucional del principio “alterum non laedere”, al que remite al
art. 19 de la C.N. Ver los fallos dictados en
“Santa Coloma c/ Ferrocarriles Argentinos” y “Gunther,
Fernando Raúl c/ Nación Argentina”.
[26] También
se encomendó a Pablo Storni la presentación de un informe sobre la situación de
los trabajadores en la ciudad de Buenos Aires. La investigación de Storni, abarcó a 5.818 empresas industriales
(2.000 eran de propiedad italiana, 700 española, 505 francesa y sólo pocas de
propiedad argentina), se encuentran a 42.283 obreros adultos y 3.922 mujeres y
niños, de todos los cuales 27.672 eran argentinos y 31.139 inmigrantes
extranjeros. Esta investigación sirvió parta señalar que en la mayoría de las
empresas se trabajaba entre 10 y 16 horas diarias. (Fuente: Iaácov Oved, El
anarquismo y el movimiento obrero en Argentina, Siglo veintiuno, México, 1978,
pág. 332. El autor cita “Legislación obrera”, en La Prensa, 16 de abril de
1904).
[27] La
iniciativa impulsada por el Ministro del Interior, contó con el decidido apoyo
del presidente Julio A. Roca, que consiguió la sanción de la Ley 4409, por la
que el Poder Ejecutivo se encontró autorizado para invertir la suma de
veinticinco mil pesos de la época, para financiar su estudio y preparación.
[28] La
edición, no agotada, es de Hispamérica , Madrid, 1985. La mejor de las
ediciones que pudimos conocer, fue la llevada a cabo por la Universidad de
Córdoba (data del año 1968 y está totalmente agotada), con prólogo y notas de
Luis A. Despontín. Existe otra edición en tres pequeños tomos, publicada por
Centro Editor para América Latina, a rastrear en la librería de usados. La
primera edición data de 1904, y fue llevada a cabo en la Imprenta y Casa
Editora de Adolfo Grau, Moreno 960 de Buenos Aires
[29] Pertenece
a la disertación de Luis A. Despontín, en ocasión de ocupar, el mismo, en 1952,
el sillón Juan Bialet Massé, en la Academia Nacional del Derecho de Córdoba.
[30] En
una conferencia dictada en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la
Universidad Nacional de La Plata, Ernesto Quesada diría de este proyecto de
Código laboral que contenía: “… un estudio tan completo del asunto que podría
servir de modelo en cualquier parte, no
desmereciendo siquiera a Alemania cuya legislación social es tan avanzada y
científica”.
[31] Ver:
José Panettieri, en Las primeras leyes obreras, Centro Editor de América
Latina, Buenos Aires, 1984, quien sostiene que esas normas “eran completamente
reaccionarias y tendían a resquebrajar
los cimientos de las organizaciones obreras”. El deber de registrarse de los
sindicatos con la consecuente denuncia de sus cuerpos directivos y la
individualización de sus dirigentes, vigente la Ley 4144, implicaba con el uso
que se podía hacer de ella, colocar en manos del poder político, la posibilidad
de extraditar a los cuadros directivos del combativo sindicalismo anarquista y
socialista. Con el tiempo, la registración terminó siendo una carga ineludible
y el propio art. 14 bis de la Constitución Nacional, hace mérito de ella. En
ese momento (1904), este control, asociado a la represiva ley 4.144 colocaba al
movimiento obrero en condición de inerme.
[32] Dice:
“Uno de los errores más trascendentes en que han incurrido los hombres de
gobierno de la República Argentina, ha sido ocuparse exclusivamente de atraer el capital extranjero, rodearlo de
todo tipo de franquicias, privilegios y garantías, ….”
Tratando
de caracterizarlo Héctor José Iñigo Carrera, dice: “Con su socialismo propio y
peculiar, elabora en su informe un plan de profundas reformas del Trabajo, pero
–y aquí la distinción- sobre ideas de industrialización, nación integrada,
reparto de tierras y comicios libres con presencia del pueblo...”. Héctor José
Iñigo Carrera, Juan Bialet Massé, una batalla por el desarrollo y la justicia
social, en Todo es Historia en América y el mundo, s