En la Revista del Colegio de
Abogados del Departamento Judicial de Quilmes “Cosa Juzgada”, Buenos Aires,
diciembre de 1998, año II, n° 3, pág. 52.
EL MISERABLE VALOR VIDA DE
LOS TRABAJADORES ARGENTINOS.
Por Ricardo J. Cornaglia.
En fecha 4 de mayo de 1998, el Tribunal del Trabajo
N° 1 de Quilmes, en los autos “López, Carlos Felix c/ Frigorífico Calchaquí
Pord. 7 S.A. s/ daños y perjuicios”, hizo lugar al planteo de
inconstitucionalidad de la ley sobre riesgos del trabajo 24.557.
Este fallo se suma a otros de tribunales de Lanús, San
Isidro, La Plata y Necochea que vienen haciendo lugar a los reclamos de
reparación por los infortunios de trabajo dirigidos a los empleadores.
De esta forma se reconoce el derecho de los trabajadores
a procurar la reparación integral de los daños que sufren, sin perjuicio de la
existencia de seguros.
Se desmantela así las trabas que en el acceso de la
justicia, ha construido el legislador de la flexibilidad laboral, en beneficio
de los empleadores y perjuicio de sus trabajadores víctimas de accidentes o
enfermedades que tenga por causa el trabajo.
Esos casos de la jurisprudencia, rescatan un derecho
que diera base a toda la legislación social del país. Y se afirma la existencia
del derecho de daños laborales, como un natural desprendimiento del principio
del artículo 19 de la Constitución Nacional, que consagra para todo habitante
del país, el derecho a la reparación de los daños causados por otros.
La mañosa ley 24.557, con su estructura propia del
economicismo, trató a los trabajadores en forma discriminatoria, haciéndolos
ciudadanos de segunda.
A partir de su sanción los accidentados de trabajo
reciben prestaciones miserables, pero son la excusa para la organización de un
negocio que permite a un grupo de empresas del seguro, administrar y disponer,
de un capital integrado por verdaderos impuestos sociales, que alcanza aproximadamente
a mil millones de pesos por año.
En la intermediación, la población argentina paga a
partir de costos laborales que se vuelcan en todos los bienes y mercaderías
producidos y consumidos. Solo un grupo de intermediadores beneficiarios del
negocio (las aseguradoras de riesgos del trabajo, las empresas autoaseguradas y
las aseguradoras de fondos de retiro), se benefician administrando un servicio
que culmina, con prestaciones miserables.
El silencio cómplice del empresariado argentino fue
comprado con la liberación legal de responder por los daños, en la medida en
que se afilien a las ART. Por otra parte, los patrones que ni siquiera se
afilian, solo responden por los daños que causan con su actividad, en la medida
de una tarifa que parte de un valor vida que resulta indigno.
Tarifa en sí que para la mayoría de la población (la
que gana menos de 500 pesos mensuales), no variará en absoluto si se eleva el
tope legal de pesos 55.000 a 110.000, como lo viene prometiendo el gobierno, ya
que la medida solo beneficiará a los trabajadores de alta remuneración.
La vida de un trabajador de 400 pesos de ingreso
mensual, de 65 años de edad, a partir de la tarifa de esa ley sobre riesgos del
trabajo 24.557 cuesta 17.200 pesos, que son depositados para que los administre
una aseguradora de fondos de retiro y los restituya a sus causahabientes, en
cuotas mensuales que pueden llegar a ser de aproximadamente 75 pesos.
El piloto fallecido en el accidente de Austral
ocurrido en octubre del año pasado, si se ajusta al sistema legal (tenía 40
años de edad y ganaba 8.100 pesos de sueldo), daría a su viuda y dos hijos
menores el derecho de percibir 154 pesos mensuales, según se lo comunicó la
empresa empleadora, desligando responsabilidades, desde la cómoda posición de
refugiarse en la protección de esa ley que los tribunales comienzan a declarar
inconstitucional.
La situación alcanza a cerca de 3.000 muertes de
trabajadores por año en accidentes súbitos y violentos, pero se eleva
exponencialmente con las enfermedades que causan muerte o incapacidades
parciales y permanente. Los infortunios laborales suman decenas de miles por
año.
El reciente accidente en una obra en construcción en
la que perdieron varios obreros la vida, nuevamente sacude a la opinión pública
por que la prensa comienza a advertir el cambio regresivo que en las
condiciones de vida los trabajadores y sus familias sufrieran con la ley cuestionada.
La situación reviste las características del escándalo
y el negocio armado durante la gestión Cavallo, a partir de la norma
cuestionada, demuestra tener pies de barro. Como la mayor parte de las leyes
propias de revolución conservadora en el mundo, la legislación de la
flexibilidad laboral, disfraza de falso modernismo, el retorno a un pasado en
que la explotación de los trabajadores puso de manifiesto el duro, inquietante
y dramático rostro de la cuestión social.